Cuantas prorrogas se pueden pedir del Impuesto de Sucesiones?

¿Cuántas prorrogas se pueden pedir del Impuesto de Sucesiones?

Los interesados podrán solicitar una única prórroga para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones, por un plazo de seis meses. Será necesario que la solicitud de prórroga se presente antes de que transcurran los 5 primeros meses del plazo de presentación.

¿Cuánto tiempo tengo para liquidar el Impuesto de Sucesiones?

6 meses
Plazo para liquidar el impuesto de sucesiones El plazo para realizar el pago y liquidar el impuesto de sucesiones es de 6 meses, los cuales pueden prorrogarse otros 6 meses previa solicitud de dicha prórroga antes de que transcurran 5 meses desde el fallecimiento.

¿Qué es una prórroga de tiempo para presentar una declaración?

Por favor, tenga en cuenta que: Una prórroga de tiempo para presentar su declaración no le concede una prórroga de tiempo para pagar sus impuestos. Usted debe estimar y pagar todo impuesto adeudado para su fecha de vencimiento regular para así evitar posibles multas.

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¿Cómo solicitar una prórroga automática para la presentación de impuestos?

Los contribuyentes individuales, independientemente de sus ingresos, pueden usar Free File para solicitar electrónicamente una prórroga automática para la presentación de los impuestos. El presentar esta solicitud le otorga hasta el 15 de octubre para presentar la declaración.

¿Cómo solicitar una prórroga de impuestos?

Usted tiene que presentar su solicitud de prórroga a más tardar a la fecha de vencimiento regular para presentar su declaración. Los contribuyentes individuales, independientemente de sus ingresos, pueden usar Free File para solicitar electrónicamente una prórroga automática para la presentación de los impuestos.

¿Cuál es el plazo de presentación del impuesto sobre Sucesiones y donaciones?

El plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el caso de las sucesiones, es de 6 meses a contar desde el fallecimiento o la declaración de fallecimiento del causante. En el caso de las donaciones, el plazo de presentación es de 30 días hábiles, a contar desde el día que se cause el acto o contrato.

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