¿Cuándo se puede embargar una propiedad?
La ley dicta que los bienes que se pueden embargar son salarios, alimentos, instrumentos de trabajo del deudor y pertenencias similares siempre y cuando su valor sea mayor al de la deuda.
¿Que me pueden embargar de mi casa?
Un embargo de bienes ocurre cuando un despacho de cobranza busca cubrir el pago de la deuda con los bienes que se encuentran en el domicilio, sin importar a quién pertenecen. Incluso el juez puede ordenar embargar la vivienda aún cuando el deudor no sea el dueño.
¿Cuándo se procede al embargo de bienes?
2) No se procederá al embargo de bienes, si el deudor ejecutado ingresa la deuda en la cuenta del Juzgado (el principal + el 30\% presupuestado para intereses, costas y gastos de la ejecución), en el plazo de 10 días desde que reciba la demanda en su domicilio o por medio de su Procurador.
¿Qué debe tener el registrador de la propiedad para anotar un embargo?
Con arreglo al nuevo régimen derivado de la vigente LEC, el registrador de la propiedad debe tener claro lo siguiente: 1º.- Para anotar un embargo, se debe expresar SIEMPRE el importe que garantiza por principal, y en su caso, intereses y costas.
¿Cómo proceder a un embargo?
Para proceder a un embargo, es indispensable que haya pasado el tiempo suficiente como para que la deuda que contraída por el sujeto en cuestión esté sujeta a este tipo de procedimiento. Cuando llega el momento, la Administración Pública notifica al deudor, mediante diligencia expresa, que este va a ponerse en marcha.
¿Cuáles son los diferentes tipos de embargo?
Existen dos tipos de embargo en México: el embargo precautorio y el embargo ejecutivo. El embargo precautorio consiste en una medida preventiva que busca evitar que los bienes que son sujetos de secuestro para cubrir alguna deuda no sean dispuestos, ocupados o dilapidados.