¿Cuándo se puede ejercer el derecho de petición?
El derecho de petición se puede utilizar para solicitar para distintos propósitos que señala el artículo 13 de la ley 1755 del 2015:
- Para solicitar el reconocimiento de un derecho.
- La intervención en un asunto en particular de una autoridad, entidad o funcionario.
- Para solicitar que se resuelva una situación jurídica.
¿Que se puede pedir por derecho de petición?
La persona que presente un derecho de petición puede solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas.
¿Qué es necesario hacer para que la CIDH acepte una petición?
Un requisito necesario para que pueda tramitarse una denuncia o petición es que exista una o varias víctimas que puedan ser individualizadas. La violación alegada debe haber sido cometida contra uno o varios seres humanos.
¿Cuándo se implementa el derecho de petición en Colombia?
El derecho de petición está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y desarro- llado en la Ley 1755 de 2015; con fundamento en él los ciudadanos pueden presentar peticiones a las auto- ridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
¿Qué es una petición colectiva?
Es aquella solicitud individual o colectiva que tiene por objeto el reconocimiento administrativo de un derecho.
¿Cuáles son los requisitos de admisibilidad de peticiones individuales ante la CIDH?
Estos requisitos básicamente son: 1) que los hechos caractericen una violación a la Convención Americana; 2) que se hayan interpuesto y agotado los recursos de jurisdicción interna; 3) que la solicitud sea presentada dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en que se haya notificado la decisión definitiva; …
¿Quién puede presentar un derecho de petición en Colombia?
El derecho de petición es un derecho fundamental establecido en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia. ¿Quiénes pueden presentar un derecho de petición? Toda persona natural o jurídica1 colombiana o extranjera. Todas las personas pueden presentar peticiones sin necesidad de un abogado.