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¿Cuándo se perfecciona un Acuerdo Marco?
(Los contratos basados en un acuerdo marco se perfeccionan con su adjudicación, de conformidad con el artículo 36.3 de la LCSP 9/17, y no resultará necesaria la formalización del contrato, según el artículo 153.1 de la LCSP 9/17).
¿Qué es un convenio marco en derecho?
1. CONVENIO. – Manifestaciones de voluntad en las que las partes establecen compromisos generales o específicos de cooperación mutua, para desarrollar en forma planificada actividades de interés y beneficio recíproco.
¿Quién realiza los convenios marco?
El Servicio Nacional de Contratación Pública, en amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, efectúa periódicamente procesos de selección de proveedores con quienes celebrará Convenios Marco, con los que se ofertarán bienes y servicios normalizados, creando así un catálogo electrónico …
¿Qué es un acuerdo marco?
Acuerdos marco. Un acuerdo marco es la forma de racionalización técnica de la contratación consistente en preestablecer una serie de condiciones o términos que serán comunes a todos los contratos basados en ese acuerdo marco.
¿Cuáles son los requisitos para adjudicar un acuerdo marco?
Sin embargo, en aquellos casos en que el acuerdo marco se adjudique a diversos empresarios, su número debe ser de como mínimo tres, siempre que exista un número suficiente de interesados que se ajusten a los criterios de selección o de ofertas admisibles que respondan a los criterios de adjudicación (artículo 196.2). 3.
¿Cómo adjudicar un contrato basado en un acuerdo marco?
De acuerdo con la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, para adjudicar los contratos basados en un acuerdo marco, cuando no todos los términos estén fijados, es necesario convocar a las partes a una nueva licitación, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 221.5.
¿Qué es la cláusula 4b del Acuerdo Marco?
5) La cláusula 4.b., párrafo tercero, del Acuerdo Marco, no resulta ajustada a derecho, al disponer que un beneficio que responde a los caracteres propios de una remuneración, se pagará más allá del límite máximo a que autoriza el legislador, cual es, un mes, tal como lo dispone categóricamente el inciso 1º del artículo 55 del Código del Trabajo.