Cuando se extingue la patria potestad?

¿Cuándo se extingue la patria potestad?

La Patria Potestad se extingue de pleno derecho por mayoría de edad del hijo, emancipación y muerte de uno o ambos padres; judicialmente por reincidencia en casos de privación, o por consentir la adopción del hijo. Cuando la causal afecta a uno de los padres, la patria potestad del hijo pasa al otro.

¿Cómo se puede renunciar a la patria potestad?

– La patria potestad no es renunciable; pero aquellos a quienes corresponda ejercerla pueden excusarse: I. Cuando tengan sesenta años cumplidos; II.

¿Cómo se pierde la guarda y crianza en Panamá?

El padre o la madre que no da aviso al Juez pierde el beneficio del patrimonio familiar y queda suspendido en el ejercicio de su patria potestad. De igual forma pierde el beneficio del patrimonio familiar el que es privado o suspendido en el ejercicio de la patria potestad. Artículo 489.

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¿Cómo se pierde la custodia de un hijo en Colombia?

El artículo 310 del Código Civil Colombiano establece que las causales para dar lugar a la suspensión de la Patria Potestad son la demencia de los padres, la mala administración de los propios bienes y la ausencia prolongada de uno de los padres.

¿Cuando se termina la patria potestad en Colombia?

Artículo 310. La patria potestad se suspende, con respecto a cualquiera de los padres, por su demencia, por estar en entredicho de administrar sus propios bienes y por su larga ausencia.

¿Qué causa la extinción de la patria potestad?

La extinción de la patria potestad viene regulada en el artículo 169 del Código Civil que contempla exclusivamente como causas que determinan la expiración de dicha institución las siguientes: 1.º Por la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres o del hijo.

¿Qué es la privación de la patria potestad?

• De otro lado, la privación de la patria potestad, total o parcial, no constituye una sanción perpetua, sino condicionada (tampoco necesariamente) a la persistencia de la causa que la motivó, como establece el art. 170.2 CC al regular la recuperación de aquella.

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¿Quién ejerce la patria potestad?

Normalmente, la patria potestad es ejercida de manera conjunta por ambos progenitores aunque éstos estén separados o divorciados, y uno de ellos tenga la guardia y custodia.

¿Qué es la tutela en caso de extinción de la patria potestad?

En estos casos, la extinción de la patria potestad conllevará la constitución de la tutela conforme con el art. 222.1 CC. Para completar este punto, véase el tema Tutela según el Código Civil. Normas generales 2.º Por la emancipación.

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