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¿Cuándo se da la notificación personal?
ARTICULO 303. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán, lo más tarde, el día siguiente al en que se dicten las resoluciones que las prevengan, cuando el tribunal, en éstas, no dispusiere otra cosa.
¿Cuándo se hace la notificación personal?
La notificación personal podrá hacerse por un empleado del juzgado cuando en el lugar no haya empresa de servicio postal autorizado o el juez lo estime aconsejable para agilizar o viabilizar el trámite de notificación.
¿Cuál es la alternativa de alusión a un correo electrónico en el texto?
La alternativa de alusión a un correo electrónico en el texto se compone de elementos más simples y de una estructura minimalista. En tal caso, quedaría así: Apellido Remitente: Solo el primer apellido es permitido.
¿Cómo escribir un correo?
Atentamente, Debe escribirse solamente el primer apellido de quien redacta el correo. Se trata de la primera letra del nombre cabeza del autor del correo. Registro único que corresponde al buzón de mensajes de quien envía el correo. Primer apellido de quien recibe el correo. Letra inicial del primer nombre del destinatario.
¿Se puede realizar una notificación por correo electrónico?
Es decir, notificación por correo electrónico sí debería de admitirse, pero siempre que se acredite la correcta recepción por parte del demandado, habida cuenta que el hecho que el correo no conste como devuelto no debería de ser una acreditación de recepción. ¿QUÉ OPINA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE ESTO?
¿Qué es la dirección de correo electrónico de un demando?
Ocurre muchas veces, especialmente en controversias transfronterizas en el ámbito familiar, que el domicilio del demando es desconocido, pero lo que sí es conocida es la dirección de correo electrónico con la que se comunican habitualmente las partes. ¿Es posible utilizar esta dirección de correo para notificar al demandado?