¿Cuándo se contesta la reconvención?
La reconvención, también conocida como demanda reconvencional, es aquella demanda judicial que ejerce el demandado, en el mismo proceso judicial, al momento de contestar la demanda de la que ha sido objeto.
¿Cuáles son las formas de contestar una demanda?
Los requisitos de la contestación de la demanda, son los siguientes:
- Nombre del demandado, su domicilio y los de su representante o apoderado.
- Pronunciamiento concreto sobre las pretensiones y sobre los hechos de la demanda, con indicación de los que se aceptan, los que se niegan y los que no le constan.
¿Cuál es el contenido de la contestación a la demanda?
La contestación a la demanda debe revestir un contenido que claramente viene expuesto en los artículos 405 y 406 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El contenido de dicha contestación puede y debe comprender los siguientes apartados:
¿Cómo deducir la reconvención en el escrito de contestación de una demanda?
En el escrito de contestación de la demanda, deberá el accionado deducir reconvención, en la forma prescripta para la demanda, si se creyere con derecho a proponerla. No haciéndolo entonces, no podrá deducirla después, salvo su derecho de hacer valer sus pretensiones en otro juicio.
¿Cuándo se puede solicitar la reconvención contra el demandante?
«Durante el término del traslado de la demanda, el demandado podrá proponer la de reconvención contra el demandante si de formularse en proceso separado procedería la acumulación, siempre que sea de competencia del mismo juez y no esté sometida a trámite especial.
¿Por qué el demandado se niega a contestar la demanda?
Dicha consecuencia a la cual se refiere el inciso primero del artículo 97 del Código General del Proceso, está en conexión con la Constitución Política que dispone el deber del ciudadano en colaborar con la administración de justicia, y el hecho de que demandado se niegue a contestar la demanda es una evidente falta de colaboración.