Cuando se considera que una persona moral es residente en el extranjero?

¿Cuándo se considera que una persona moral es residente en el extranjero?

Para fines fiscales, se consideran residentes en el extranjero: Las personas físicas, nacionales o extranjeras, que no tengan su casa habitación en México.

¿Cuáles son los supuestos en los que se considera que un residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país?

También se considerará que un residente en el extranjero tiene establecimiento permanente, cuando actúe en el territorio nacional a través de una persona física o moral que sea un agente independiente; si éste no actúa en el marco ordinario de su actividad.

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¿Qué es residente en el exterior?

Es la persona que habita en el exterior por lo menos veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos, durante los tres (3) años inmediatamente anteriores a su llegada al país, para fijar en él su residencia.

¿Cuáles son los pasos a seguir cuando el vendedor no reside en España?

Espero que os ayuden mis pasos a seguir cuando el vendedor no reside en España: PODER: Cuando el vendedor se encuentra fuera de España, es conveniente que acuda a la Notaría y de poder a una persona que se encuentre en el mismo lugar de la venta.

¿Cómo declarar el impuesto estadounidense en el extranjero?

Si usted es ciudadano estadounidense o extranjero residente (Tenedor de la Tarjeta Verde) y vive en un país en el extranjero, envíe su declaración del impuesto estadounidense a: Envíe los pagos del impuesto estimado, junto con el Formulario 1040-ES a:

¿Qué hacer cuando el bien inmueble sea procedente de una herencia?

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Cuando el bien inmueble sea procedente de una herencia. Será necesario adjudicarse la herencia en España. Su hay testamento hacer adjudicación de herencia, y sino lo hay, hacer primero la declaración de herederos. Hay que declarar el impuesto de sucesiones y pagar la plusvalía al Ayuntamiento de Gijón.

¿Cuánto ha cobrado la hacienda francesa por la venta de una vivienda?

Las dudas aparecen cuando esta persona ha vendido en Francia en marzo de este año 2018 una vivienda de su propiedad por 120.000 euros comprada en el año 1978 por un importe equivalente de 15.000 euros. La Hacienda francesa le ha cobrado unos 3000 euros en impuestos y ha generado unos 1000 euros en gastos por la venta.

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