Cuando pierdo la pension de orfandad?

¿Cuándo pierdo la pensión de orfandad?

La pensión de orfandad cesa al 31 de diciembre del año en que el hijo o la hija no inválida cumpla 24 años de edad. En el caso de hijo o hija inválida la pensión de orfandad es vitalicia.

¿Cómo se puede perder una pensión?

Se perderá el derecho a la pensión al no cotizar 500 semanas como mínimo, no cumplir con los años que solicita cada régimen y que se esté impedido para seguir cotizando.

¿Qué pasa si trabajo y cobro pensión de orfandad?

La pensión o prestación de orfandad será compatible con cualquier renta del trabajo de quien sea o haya sido cónyuge del causante, o del propio huérfano, así como, en su caso, con la pensión de viudedad que aquél perciba.

¿Cuáles son las prestaciones de supervivencia de los familiares?

Al margen de pareja e hijos, hay otros familiares a los que también se les otorgan en su caso prestaciones de supervivencia como nietos, hermanos, hijos o abuelos. Cada caso debe de cumplir requisitos de edad, rendimientos económicos y en todos los casos no tener otra pensión pública y haber convivido con el fallecido un mínimo de 2 años.

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¿Quién tiene derecho a las prestaciones por muerte y supervivencia?

Además, en todo caso, causarán derecho a las prestaciones por muerte y supervivencia los fallecidos por accidente de trabajo o enfermedad profesional, presumiéndose ser esta la causa en el caso de que el fallecido tuviera reconocida la invalidez permanente absoluta o la gran invalidez por tales causas. (ver art. 172.2 del TRLSS).

¿Qué son las pensiones por muerte y supervivencia?

Las denominadas pensiones por muerte y supervivencia son por ejemplo la prestación para los viudos o los huérfanos. Las prestaciones por muerte y supervivencia están incluidas en los diferentes regímenes que conforman el sistema de la Seguridad Social en España y de las que disfrutan sus afiliados.

¿Qué es la pensión de supervivencia?

Este tipo de pensión de supervivencia está pensada para ayudar económicamente al cónyuge que sobrevive a la muerte de su pareja: viudo. Como norma general, está previsto que pueden solicitar diferentes perfiles: Personas casadas con el fallecido en el momento de la muerte.

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