Tabla de contenido
- 1 ¿Cuándo para una actuación de un juicio no sé señale plazo en la Ley la misma ha de practicarse?
- 2 ¿Qué título dedica la Ley Orgánica 3 2007 a los planes de igualdad?
- 3 ¿Qué son días habiles para el juzgado?
- 4 ¿Quién puede exigir la entrega de un título nominativo?
- 5 ¿Quién puede ejercer los derechos patrimoniales de un título nominativo?
¿Cuándo para una actuación de un juicio no sé señale plazo en la Ley la misma ha de practicarse?
Las actuaciones del proceso se practicarán en los términos o dentro de los plazos señalados para cada una de ellas. 2. Cuando no se fije plazo ni término, se entenderá que han de practicarse sin dilación.
¿Cuál es la Ley nacional que protege al consumidor?
El artículo 51 de la Constitución Española de 27 diciembre 1978 establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
¿Qué título dedica la Ley Orgánica 3 2007 a los planes de igualdad?
El Título VI de la Ley está dedicado a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios, con especial referencia a los seguros.
¿Cómo debe computarse el plazo señalado para unas actuaciones declaradas urgentes conforme al apartado 2 del artículo 131 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?
Para los plazos que se hubiesen señalado en las actuaciones urgentes a que se refiere el apartado 2 del artículo 131 no se considerarán inhábiles los días del mes de agosto y sólo se excluirán del cómputo los sábados, domingos y festivos. 3. Los plazos señalados por meses o por años se computarán de fecha a fecha.
¿Qué son días habiles para el juzgado?
Conforme a los art. 201 Ley de Enjuiciamiento Criminal –LECr- y 184.1 LOPJ, son hábiles todos los días y horas del año, desde las 8 de la mañana a las 8 de la tarde.
¿Quién puede oponerse a la cancelación de un título?
Puede oponerse a la cancelación, y al pago o reposición del título, en su caso, todo el que justifique tener sobre éste mejor derecho que el que alega el reclamante.
¿Quién puede exigir la entrega de un título nominativo?
El adquirente tiene derecho a exigir la entrega del título. Artículo 28. El que justifique que un título nominativo negociable le ha sido trasmitido por medio distinto del endoso, puede exigir que el Juez, en vía de jurisdicción voluntaria, haga constar la transmisión en el documento mismo o en hoja adherida a él.
¿Qué es el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales?
Y precisamente el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales no garantiza eso, ya que en caso solo lo ve y resuelve el secretario judicial. Igualmente es posible la oposición añadida o no por cláusulas abusivas.
¿Quién puede ejercer los derechos patrimoniales de un título nominativo?
Unicamente el legítimo propietario del título nominativo o su representante legal podrán ejercer, contra la entrega de los cupones correspondientes, los derechos patrimoniales que otorgue el título al cual estén adheridos. Artículo 24.