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¿Cuando no procede la recusación?
Las partes podrán recusar a los Jueces de primera instancia, por una vez sin expresión de causa. No procederá la recusación, cuando en algún distrito judicial únicamente exista un Juez de Primera Instancia con jurisdicción civil o mixta.
¿Qué son los impedimentos y recusaciones?
“Diferencia el impedimento de la recusación en que el primero tiene lugar cuando el juez, ex officio, es quien decide abandonar la dirección del proceso, en tanto que el segundo se produce a iniciativa de los sujetos en conflicto, ante la negativa del juez de aceptar su falta de aptitud para presidir y decidir el …
¿Por qué se puede pedir la recusación de un juez?
Una de dichas causales para pedir la recusación de un Juez es ser «amigo íntimo» de una de las partes tal como lo señala el artículo 307 del Código Procesal Civil que paso a transcribir: «Artículo 307.- Las partes pueden solicitar que el Juez se aparte del proceso cuando: 1.
¿Qué es la recusación de jueces y magistrados?
La recusación consiste en rechazar a una persona por considerarla no apta o inadecuada para una tarea. Concretamente, en un tribunal, la recusación de jueces y magistrados es el camino procesal que hay que seguir para indicar que la persona que va a conocer, o está conociendo de un asunto, no es válida para ello por determinados motivos.
¿Cómo se hace la recusación?
La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa. El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal.
¿Qué pasa si no se formaliza la recusación?
Este Artículo prevé que el recusante tenga que ratificar la recusación ante el Juez o Tribunal, cuestión que si no se formaliza puede derivar en su rechazo, al igual que como consecuencia de la falta de su firma en el escrito.