¿Cuándo empieza la edad laboral?
La edad mínima para trabajar es 16 años. Los menores de 16 años necesitan una autorización especial. Entre los 16 y 18 años, el menor necesita el consentimiento o la autorización de los padres o tutores según viva o no independientemente.
¿Cuándo se podía trabajar con 14 años en España?
Tal y como comentamos en un anterior post (aquí), en 1980 el Estatuto de los Trabajadores incrementó la edad legal mínima para trabajar de 14 a 16 años. En cambio, la edad mínima para dejar el sistema educativo se mantuvo en los 14 años.
¿Cuál es la medida de las edades de los trabajadores?
El criterio de la edad depende de la categoría profesional. Así, para los directivos la edad media requerida es de 34,8 años, para los mandos intermedios, de 32,8 años, para los técnicos, de 32 años, y para los empleados, de 31,4.
¿Cuál es la edad máxima para trabajar?
No existe una edad máxima para trabajar, salvo que el límite sea establecido por un Convenio Colectivo y el trabajador tenga derecho a acceder al 100\% de su pensión y con su jubilación se fomente la creación o mejora del empleo. Abogado laboralista. Colaborador de Loentiendo.com
¿Es la edad un inconveniente en la búsqueda de trabajo?
La mayoría de las empresas piensan que la edad sí es un gran inconveniente en la búsqueda de trabajo, así lo entiende al menos Carlos del Cerro, Consejero Delegado de MRI-Humana. En cambio, en otros lugares no se suele ser tan radical.
¿Es posible dejar de trabajar en algún momento por mi edad?
¿Pueden obligarme a que deje de trabajar en algún momento por mi edad? La edad general para empezar a trabajar es a los 18 años, con la mayoría de edad, que es cuando se tiene plena capacidad para firmar un contrato de trabajo. Ahora bien, hay algunas excepciones que permiten trabajar antes:
¿Quién puede trabajar con los menores de 16 años?
Los menores de 18 años, pero mayores de 16, que no vivan de forma independiente, pueden trabajar, pero con autorización de sus padres o representantes legales. En el caso de los padres es necesaria la autorización de ambos, o al menos de uno y el consentimiento del otro. Los menores de 16 años, como norma general, no pueden trabajar,