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¿Cuándo aplica una demanda por daño moral?
Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas”, por tanto estará legitimado para solicitar la indemnización por daño moral aquella persona que considere que ha sufrido una afectación a sus sentimientos, creencias, decoro.
¿Cuándo se da el daño moral?
«Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.
¿Quién puede reclamar el daño material?
Este último daño, asimilable, en el caso, a la pérdida del sustento material que la persona muerta le brindaba a quienes convivían o dependían económicamente de él, puede ser reclamado por todos aquellos que, en virtud de una situación jurídicamente establecida, recibían el apoyo económico de la víctima.
¿Qué es una demanda por difamación y daño moral?
Cuando se inicia una demanda por difamación y daño moral se busca subsanar dos tipos de daños: Daños efectivos: Se pretende una compensación por el perjuicio que ha sufrido la víctima vinculado a daños económicos, a su reputación y angustia mental.
¿Qué es un daño moral?
“ toda alteración disvaliosa del bienestar psicofísico de una persona por una acción atribuible a otra, configura un daño moral ” 3 Tratándose de daño moral se han expedido jurisprudencias y criterios aislados en dos vertientes: desde el punto de vista penal y desde la visión civilista.
¿Quién debe reparar el daño moral?
Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme a los artículo 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los artículos 1927 y 1928, todos ellos del presente Código.
¿Qué es el pago por daño moral?
El pago por daño moral que su Señoría determine atendiendo los derechos lesionados, grado de responsabilidad y situación económica de las partes en este juicio, por el perjuicio extrapatrimonial causado de manera directa por la demandada en este juicio.