Tabla de contenido
¿Cuáles son los pasos que sigue un expediente jubilatorio?
Los posibles estados de la gestión son siete: Ingreso de Expediente, Revisión de la Documentación, Etapa de Informes, Asesoría Legal, Liquidación de Expediente, Aprobación de la Resolución y Cobro de Haberes.
¿Cómo saber si mi solicitud de jubilación está aprobada?
En la página de la Sede Electrónica de la Seguridad Social se puede consultar la resolución de jubilación en el INSS así como efectuar un seguimiento de las fases del proceso desde que se presentó la solicitud hasta que se resuelve.
¿Cómo saber si mi jubilación está en trámite?
Accede al sitio oficial de ANSES (anses.gob.ar) para obtener toda la información sobre tu tramite de jubilación. Para poder continuar debes ingresar tu numero de expediente y tu numero de clave de seguridad social. Desde el sistema “Mi ANSES” podrás obtener toda la información que necesitas.
¿Cuándo puedo iniciar el trámite de jubilación?
Si cumplís con los aportes necesarios, puede iniciarse el trámite de jubilación hasta tres meses antes de cumplir con la edad requerida. Para revisar si tus aportes previsionales están registrados, debés ingresar a Mi ANSES > Trabajo > Historia Laboral con tu clave de la seguridad social.
¿Cómo se presenta la declaración jurada?
¿Cómo se presenta la DDJJ del IRP? La presentación de la declaración jurada se debe hacer utilizando la Clave de Acceso Confidencial de Usuario, a través del Sistema de Gestión Tributaria “Marangatú”y el pago del impuesto por medio del Sistema de Pago Electrónico.
¿Qué documentos debo presentar en caso de jubilación anticipada forzosa?
En caso de jubilación anticipada forzosa, el certificado de empresa donde se refleja el despido, más el comprobante de transferencia de la indemnización como trabajador cesado. Si no la ha habido aún, se debe presentar la documentación que demuestre que se ha interpuesto una demanda judicial al respecto, o de impugnación del despido.
¿Cómo reclamar la pensión de jubilación?
Si el INSS deniega la solicitud de pensión de jubilación, se puede presentar una reclamación administrativa ante el propio Instituto Nacional de Seguridad Social. Si la notificación se hace expresa, durante el plazo de 90 días, se tiene que presentar la reclamación ante el Instituto Nacional de Seguridad Social en un plazo de 30 días.