Cuales son los elementos de un contrato?

¿Cuáles son los elementos de un contrato?

Son elementos de los contratos: El objeto (materia sobre la que versa). El objeto debe ser lícito, posible, determinado o determinable, de interés para las partes y pasible de valoración económica (art. 1003 Código Civil y Comercial). La causa (el por qué y el para qué se contrata).

¿Cuáles son los requisitos que deberá reunir un objeto de contrato?

Los requisitos que deberá reunir un objeto de contrato son: El objeto ha de ser real o posible; es decir que cuando se celebre el contrato exista o pueda llegar a existir. El objeto ha de ser sea lícito; es decir no contrario a la ley. El objeto ha de ser determinado; es decir que no pueda confundirse con otros de su especie.

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¿Qué es el efecto vinculante de un contrato?

Eso sí, una vez concluido el acuerdo, las partes deberán someterse a lo estipulado como si ello fuera la ley misma (denominado efecto vinculante de los contratos). Un contrato es un acuerdo jurídico entre dos o más partes que genera derechos y obligaciones.

¿Cuáles son los requisitos para que un contrato tenga efecto?

Para que un contrato tenga efecto se requiere de voluntad de todas las partes interesadas. Estas deben, además, expresar su consentimiento para que el contrato se lleve a cabo. Este consentimiento puede ser verbal o escrito.

¿Cuáles son los objetos de un contrato?

El objeto ha de ser real o posible; es decir que cuando se celebre el contrato exista o pueda llegar a existir. El objeto ha de ser sea lícito; es decir no contrario a la ley. El objeto ha de ser determinado; es decir que no pueda confundirse con otros de su especie.

¿Cuál es la forma del contrato?

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La forma la encontramos en el contrato como parte natural del mismo, ya que las partes han de procurarse un medio que posibilite que la otra parte y el resto de la sociedad conozcan las voluntades pactadas.

¿Cuáles son las obligaciones de un contrato?

Todo contrato genera obligaciones. Estas, por supuesto, deben ser cumplidas por las partes contratantes. Desde el momento en que existe un consentimiento —verbal o escrito — por parte de los interesados, éstas se obligan no sólo a lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que correspondan.

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