¿Cuáles son los delitos contra la moral pública?
Cuando alguien en algún sitio público o por cualquier medio de comunicación, haga ejecutar exhibiciones obscenas o que lo haga en privado, pero de manera que pueda ser visto por el público. ° Activo: persona física que externa la acción u omisión típica. ° Pasivo: persona física o moral sobre quien recae el daño.
¿Cómo aplicar la integridad moral?
Vive con honestidad y cumple tus promesas.
- Sé siempre sincero con los demás, aun cuando eso te cause problemas.
- Mentir casi siempre es lo que no se debe hacer, especialmente si mientes para tu propio beneficio.
- Si te preocupa que la honestidad hiera los sentimientos de alguien, lo mejor podría ser no opinar nada.
¿Cómo cuidar la integridad moral?
Comunícate constantemente con tus familiares; hazles saber dónde y con quién te encuentras. 2. Evita informar de tus viajes o salidas; si pretendes compartir imágenes de tus vacaciones o los lugares que acostumbras los fines de semana en redes sociales, hazlo a tu regreso a casa.
¿Qué pasa si el demandado no responde a tiempo?
Si el demandado no responde a tiempo, la corte puede dictar un fallo por falta de comparecencia. Esto quiere decir que el demandado no puede disputar el caso a menos que consiga que la falta de comparecencia se “deje de lado” o se “anule” (cancele).
¿Cuándo se puede revelar una demanda?
Los demandados pueden iniciar la revelación una vez que hayan recibido la entrega legal de la demanda. El proceso de revelación permite que ambas partes intercambien información y sepan cuáles son los puntos fuertes y débiles de ambas partes.
¿Quién debe reparar el daño moral?
Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme a los artículo 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los artículos 1927 y 1928, todos ellos del presente Código.
¿Qué es el pago por daño moral?
El pago por daño moral que su Señoría determine atendiendo los derechos lesionados, grado de responsabilidad y situación económica de las partes en este juicio, por el perjuicio extrapatrimonial causado de manera directa por la demandada en este juicio.