Tabla de contenido
¿Cuáles son las cláusulas del contrato de trabajo?
En el contrato de trabajo existen cláusulas que no pueden faltar debido a que son esenciales, tales como: 1. Lugar y fecha del contrato. 2. Identificación de los contratantes (Nombre o razón social, RUT, nacionalidad, fecha de nacimiento e ingreso del trabajador, domicilio).
¿Cuáles son las cláusulas esenciales de los contratos internacionales?
Claúsulas esenciales de los Contratos Internacionales. Las cláusulas esenciales que todo contrato internacional debería tener son: Preámbulo: Se debe hacer referencia a los motivos que han originado el contrato, así como las gestiones previas y, de haberla, la conexión que tiene este contrato con otro principal u otros subcontratos.
¿Cuáles son los diferentes tipos de cláusulas adicionales y restrictivas?
Hay muchos tipos de cláusulas adicionales y restrictivas: de no concurrencia, de plena dedicación, de permanencia, de horas extraordinarias, de polivalencia funcional, de retribución variable en función de objetivos, de rescisión de contrato, de confidencialidad o el preaviso del cese voluntario, entre otros. Comentamos tres de las más populares:
¿Cuáles son las obligaciones de un contrato mercantil?
Por tanto, es imprescindible describir detalladamente cuáles serán las obligaciones de cada una de las partes. Todo contrato mercantil es oneroso, por tanto, una parte esencial del acuerdo, será indicar claramente el precio de la prestación, e indicar si este incluye IVA o no, u otros impuestos aplicables a la operación.
¿Cuáles son las cláusulas o pactos que se pueden dar en la formalización de un contrato?
Otras de las cláusulas o pactos que se pueden dar en la formalización de un contrato laboral son de horas extraordinarias, de prorrateo de pagas extraordinarias, de retribuciones variables por objetivos, etc. ¿Conoces el servicio gratuito para asesorar a «emprendedores verdes»?
¿Cuál es el régimen de contratos celebrados por la empresa pública?
La empresa pública adopta su definitiva mediante el Decreto 384/1996 de 2 de agosto por el que cambia su denominación y amplía su objeto social y en lo que ahora interesa, el régimen previsto para los contratos celebrados por GIASA (sea cual sea su objeto) se encuentran sometidos al Derecho privado. [xi]