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¿Cuál es la diferencia entre un abogado y un defensor público?
En efecto, el abogado (licenciado en derecho) o defensor particular es de libre elección por parte del imputado, lo cual no quiere decir que el elegido necesariamente deba aceptar el cargo de defensor; por el contrario, el defensor público está obligado a asumir el patrocinio de quienes le correspondan.
¿Quién es el defensor judicial?
La competencia para nombrar al defensor judicial es de la Administración de la Justicia. Pueden ser promovidos por la propia persona afectada, el Ministerio Fiscal o un tercero que actúe velando por su interés. Una vez iniciado el procedimiento, se oirá al solicitante, a quienes figuren en el expediente y otros que considere pertinentes.
¿Cuándo se puede solicitar un defensor?
El imputado puede solicitar un defensor desde el momento en que se le detiene, y declarar solo cuando su defensor este presente. Algunas de las obligaciones del Defensor para con su defendido son:
¿Cuáles son las limitaciones de un defensor judicial?
El defensor judicial tiene las mismas limitaciones que el curador o tutor. No podrá entonces recibir liberalidades por parte de su defendido ni causahabientes que no estén aprobados en su gestión. Tampoco podrán ejercer su función cuando exista conflicto de intereses ni intercambiar entre ellos bienes a título gratuito.
¿Cuándo se designa un defensor?
Si el tutor no pudiere cumplir con sus funciones, se designará un defensor hasta que se reviertan las causas de imposibilidad o se designe una nueva persona. Cuando exista un conflicto de intereses entre los menores y quienes ofician de representantes legales.
¿Cuáles son las obligaciones del Defensor?
El defensor, derivado del mandato legal del imputado tiene la obligación de realizar diversas actuaciones y actos procesales congruentes con la responsabilidad que le es encomendada, obligación que la ley como ya se dijo, establece de manera enunciativa no limitativa.