Tabla de contenido
- 1 ¿Cuál es la diferencia entre demandado y demandante?
- 2 ¿Qué es un demandante en el procedimiento civil?
- 3 ¿Quién puede ser demandado?
- 4 ¿Quién puede actuar como demandante?
- 5 ¿Cuál es el objetivo de un demandante?
- 6 ¿Qué es una demanda judicial?
- 7 ¿Cuáles son las principales características del demandante?
¿Cuál es la diferencia entre demandado y demandante?
El demandante es una de las partes en el proceso, es decir, de las personas que comparecen ante el órgano judicial para hacer valer o defender sus intereses. La otra parte procesal es el demandado que es el contrario, la persona contra la que se ejercita la acción.
¿Cómo oponerse a la demanda?
El demandado también puede oponerse a la demanda alegando excepciones procesales y materiales. Esto quiere decir que existe una falta de presupuestos procesales esenciales o elementos impeditivos que hagan referencia al fondo del asunto.
¿Qué es un demandante en el procedimiento civil?
Demandante. ( Procedimiento Civil) Persona que toma la iniciativa en un proceso y que asume, en esta condición, la triple carga de la alegación, de los hechos y de la prueba de ellos.
¿Cómo contestar a una demanda?
Personarse y no contestar: El demandado se persona en el procedimiento, pero no contesta a la demanda. Deberá comparecer con abogado y procurador, pues la postulación es preceptiva en un juicio ordinario. Allanarse: El demandado podrá personarse y allanarse, tanto en el propio escrito de contestación a la demanda, como fuera de él.
¿Quién puede ser demandado?
Demandado puede ser cualquier persona física o jurídica con capacidad para ser parte, estableciendo el artículo 6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quiénes tienen capacidad para ser parte.
¿Cuáles son los requisitos para ser demandante?
Para ser demandante se exige estar en pleno ejercicio de los derechos civiles, de forma tal que, en el supuesto de que una persona física no se encuentre en esta situación, habrá de ejercitar la acción mediante la representación o con la asistencia, autorización o habilitación que la Ley le exija.
¿Quién puede actuar como demandante?
Un individuo, una empresa o una entidad del gobierno pueden actuar como demandante. A pesar de que la demandante es, para que su caso sea válida para el manejo de un tribunal su queja debe estar basada en una violación de la ley.
¿Quién es la contraparte del demandante?
La contraparte del demandante es el oferente, quien brinda el producto requerido a cambio de una contraprestación. Así, el precio de la mercancía se fija con base en el poder de negociación de ambas partes, comprador y vendedor. Pueden ser una o varias personas naturales o jurídicas. En el primer caso, nos encontramos frente a un monopsonio.
¿Cuál es el objetivo de un demandante?
El demandante buscará normalmente maximizar su utilidad optando por el producto que tenga la mejor relación calidad-precio. Dicho de otro modo, el objetivo será conseguir el mayor beneficio tratando de gastar lo menos posible.
¿Qué es un demandante laboral?
El término demandante se refiere al proceso civil, aunque se utiliza también en otras jurisdicciones: La laboral: el trabajador que demanda a la empresa o a la Administración cuando tienen la legitimación prevista en el artículo 17 de la LRJS.
¿Qué es una demanda judicial?
En tal sentido la demanda judicial es el acto procesal de la parte actora, cuyo objeto lo constituye un conjunto de afirmaciones idóneas para iniciar y dar contenido a un proceso.
¿Quién es el demandante?
En otras palabras, el demandante suele ser el comprador de un bien o servicio. Para solventar dicha necesidad se encuentra su contraparte, el oferente, también conocido como vendedor, quien recibe a cambio una contraprestación brindada por el demandante.
¿Cuáles son las principales características del demandante?
Las principales características del demandante son las siguientes: Hace referencia al consumidor o comprador de bienes o servicios dentro de un mercado. Su contraparte es el «oferente», es decir, el productor o vendedor. El demandante debe retribuir de alguna forma al oferente, a cambio de los bienes y servicios que este le brinda.