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¿Cómo volver a enamorar a tu pareja después de una separación?
Para lograr revivir el amor debes tener en cuenta 8 puntos imprescindibles:
- Tiempo. Ambas partes necesitan tiempo y espacio para reformular la situación.
- Muestra interés.
- Pregunta al otro.
- Analiza cada error.
- Mejora tu actitud.
- Vuelve al pasado.
- Sé sincero.
- Constancia.
¿Cuánto tiempo duran las parejas?
Se calcula, entre tanto que la duración de las relaciones amorosas es de cuatro años promedio; aunque puede durar toda la vida, si el afecto va acompañado de una decisión voluntaria. El psicólogo norteamericano Robert Sternberg se ha interesado desde los años 80′ por revelar las claves de la Psicología del amor.
¿Cómo reconciliar una separación sin intervención judicial?
Cuando la separación hubiere tenido lugar sin intervención judicial, en la forma prevista en el artículo 82, la reconciliación deberá formalizase en escritura pública o acta de manifestaciones. La reconciliación deberá inscribirse, para su eficacia frente a terceros, en el Registro Civil correspondiente.
¿Qué factores pueden engañar a la pareja en una supuesta reconciliación?
Primero hay que tomar en cuenta algunos factores que pueden engañar a la pareja en una supuesta posible reconciliación. Suponer que funciona el borrón y cuenta nueva. Esto NUNCA funciona, es como suponer que un carro descompuesto vuelve a funcionar por arte de magia solo deseándolo muy fuertemente.
¿Qué pasa si el matrimonio se disolvió por la sentencia de divorcio?
Dado que el matrimonio se disolvió por la sentencia de divorcio, los bienes que adquieran en común tras la reconciliación, formarán una comunidad de bienes (establece el art. 392 C.C. que hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas).
¿Qué pasa si el matrimonio no se ha disuelto?
Si bien el matrimonio no se ha disuelto, los bienes que adquieran en común tras la reconciliación, también formarán una comunidad de bienes, salvo que otorguen capitulaciones matrimoniales ante Notario para que rija la ganancialidad de los bienes que adquieran.