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¿Cómo surge la adopción?
En 1886, Colombia se constituyó en República Unitaria, y en 1887 adoptó, por medio de una ley, el Código Civil de 1873. El Código Civil de 1887 definió la adopción como “el prohijamiento de una persona, o la admisión en lugar del hijo, del que no lo es por naturaleza” (Dájer, 1958, p. 53).
¿Cómo se tramita la adopción internacional?
En México, el trámite de adopción internacional se realiza en dos fases: administrativa y jurisdiccional. La primera comprende: ̉ Autoridad Central del Estado de recepción: evaluación de los posi- bles solicitantes y expedición del certificado que declara su idonei- dad para adoptar.
¿Cómo se considera la adopción por extranjeros y que legislación se aplica?
La adopción internacional se regirá por lo dispuesto en los Tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano bajo el principio de bilateralidad y por las disposiciones de los códigos y leyes para la familia de los estados de que se trate y que resulten aplicables.
¿Qué es la adopción internacional?
La adopción internacional es un asunto legal privado entre un individuo privado (o pareja) que desea adoptar y una corte extranjera que opera conforme a las leyes y regulaciones de ese país. Las autoridades estadounidenses no pueden intervenir para representar a los padres potenciales en las cortes del país en el que se lleva a cabo la adopción.
¿Cómo se realizan los trámites de Adopción Internacional?
El Convenio prevé que los trámites de adopción internacional deben realizarse a través de las Autoridades Centrales de los países en los que residen la (s) futura (s) persona (s) adoptantes y la (s) o el (los) menores a ser adoptados (as).
¿Cuándo se aplica la Ley Nacional de adopción?
Sólo cuando el adoptado resida fuera de España, o bien aunque resida en España no adquiera en virtud de la adopción, la nacionalidad española, se aplicará su ley nacional en cuanto a la capacidad y consentimientos necesarios.
¿Cuándo se aplica la ley española a las adopciones?
El propio artículo 9.5 del C.c aplica íntegramente la ley española a las adopciones constituidas por juez español cuando el adoptando extranjero es residente en España y como consecuencia de la adopción adquiere la nacionalidad española.