Tabla de contenido
¿Cómo se hace una acusación particular?
Conforme a lo dispuesto en el Art. 434 del COIP se dispone que la acusación particular se presente por escrito y contendrá: 1. El nombre, apellido, dirección domiciliaria o casillero judicial o electrónico, número de cédula de ciudadanía o identidad o número de pasaporte de la persona que la presenta.
¿Qué significa la acusación particular?
La acusación particular es la posición procesal por la cual una víctima o damnificado acusa penalmente a quien haya cometido el hecho delictivo. Este acto es independiente de la acusación del Ministerio Fiscal y se vincula a hechos públicos o semipúblicos.
¿Cómo se ejerce la acción popular?
La Acción Popular se dirigirá contra el particular, persona natural o jurídica, o la autoridad pública cuya actuación u omisión se considere que amenaza, viola o ha violado el derecho o interés colectivo. En caso de existir la vulneración o amenaza y se desconozcan los responsables, corresponderá al juez determinarlos.
¿Cómo se debe presentar una acción popular?
La acción popular se debe presentar por escrito y no es indispensable la representación de un abogado. El interesado podrá acudir ante el Personero(a) Distrital o Municipal, o a la Defensoría del Pueblo para que se le colabore en la elaboración de su demanda o petición.
¿Quién ejerce la acusación?
La acusación la ejercerá el acusador particular, que es el ofendido o perjudicado por el delito que se constituye en parte dentro del proceso penal, conforme establece el art. 110 LECRIM, en defensa de unos intereses propios, mediante la interposición de querella a través de abogado y procurador.
¿Qué es una acusación particular?
La acusación particular se ejerce por una persona que haya sido ofendida directamente por el delito. ¿Buscas abogado especialista para personarse como acusación particular? Te ayudamos a encontrar abogado penalista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España. ¿Dónde se encuentra regulada?
¿Cuáles son las excepciones en el derecho a ejercitar la acusación particular?
Existen algunas excepciones en el derecho a ejercitar la acusación particular, contempladas en el artículo 103 LECrim que establece que no podrán ejercitar acciones penales entre sí: Los cónyuges, a no ser por delito cometidos por el uno contra la persona del otro o la de sus hijos, así como por delito de bigamia.
¿Qué es una acusación privada?
Acusación privada, podrá ejercer la acción penal quien resulte lesionado por los llamados delitos privados, que en la actualidad son: la injuria y la calumnia. Por tanto el acusador particular es el ofendido por el delito.