¿Cómo se deben realizar las notificaciones?
Las notificaciones personales se harán en el domicilio del interesado o en el último domicilio que la persona a quien se deba notificar haya señalado ante los órganos administrativos en el procedimiento administrativo de que se trate.
¿Quién debe notificar un acto administrativo?
58.1 LRJ – PAC ) establecía que se notificarán a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses. El art. 40.1 LPA/2015 impone a la Administración autora del acto o disposición el deber de notificar a los interesados en aquélla.
¿Qué es la notificación administrativa?
Como medio de comunicación entre el órgano administrativo que dicta el acto y su destinatario, aparece la notificación como un requisito formal más. Es un elemento importantísimo de la actuación administrativa, puesto que su omisión afectará a la eficacia del acto.
¿Cómo se realizan las notificaciones?
Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.
¿Cuáles son los requisitos para la notificación?
— Para que la notificación se practique utilizando algún medio electrónico se requerirá que el interesado haya señalado dicho medio como preferente o haya consentido su utilización, sin perjuicio de los casos en que exista obligatoriedad de utilizar esta forma de comunicación.
¿Cómo se tramita el procedimiento de notificaciones sucesivas?
— Durante la tramitación del procedimiento el interesado podrá requerir al órgano correspondiente que las notificaciones sucesivas no se practiquen por medios electrónicos, utilizándose los demás medios admitidos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, excepto en los casos en que exista obligatoriedad de utilizar esta forma de comunicación.