Como se consideran las horas extras?

¿Cómo se consideran las horas extras?

Tal y como se explica en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, cada hora que sobrepase las 40 horas se conoce como horas extras o extraordinarias. Estas horas extraordinarias se abonan según convenio colectivo o contrato individual, pero la cuantía nunca será inferior al valor de la hora ordinaria.

¿Cuántas horas se trabaja en el segundo turno?

Jornada diurna: Comprende el período entre las 6 am y 8 pm. Los trabajadores que tengan este tipo de jornada no pueden laborar más de ocho horas al día. Jornada nocturna: Va desde las 8 pm hasta las 6 am. A diferencia de la jornada diurna, el tiempo máximo que un empleado puede estar en la empresa es de siete horas.

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¿Qué son las horas extraordinarias y tipos?

Cuando la trabajadora preste servicios en horas suplementarias, es decir, cuando supere la jornada legal, que no puede ser superior a las 9 horas diarias ni a las 48 horas semanales, la remuneración tendrá un recargo del 50\% por cada hora en días comunes y del 100\% en días sábados después de las 13 hs.

¿Cómo se cuentan las horas extras?

Para liquidar las horas extras tomamos el valor de la hora diurna y la multiplicamos por el porcentaje de recargo que corresponda al tipo de horas extra, que puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva.

¿Cuáles son los 3 tipos de jornada laboral?

Tipo de jornada Periodo de tiempo que abarca la jornada
Nocturna El comprendido entre las veinte y las seis horas
Mixta Comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, ya que, si comprende tres y media o más horas, se reputará jornada nocturna
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¿Cuáles son los tipos de hora?

La duración dependerá del horario en que se presten los servicios y puede ser:

  • Diurna: de 6:00 a 20:00 horas.
  • Nocturna: de 20:00 a 6:00 horas.
  • Mixta: tiene períodos tanto de la jornada diurna como de la nocturna, cuidando que el período nocturno sea menor a tres horas y media.

¿Cómo calcular las horas extras en Colombia 2021?

Las horas extras se remuneran con un recargo sobre el valor ordinario a saber: Extra diurna 25\% Extra nocturna 75\%…

  1. Recargo por trabajo dominical o festivo: 75\% (artículo 179 CST)
  2. Recargo por trabajo extra nocturno: 75\% (numeral 3 artículo 168 CST)
  3. Recargo por trabajo extra diurno 25\% (numeral 2 artículo 168 CST)

¿Cuántas horas extras se pueden trabajar por turnos?

«En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales.» De manera que lo máximo que la ley permite trabajar son 8 horas diaria para el caso de la jornada laboral por turnos.

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¿Cuántas horas extras se pueden realizar?

Según la legislación vigente, la realización de horas extras se encuentra limitada a un máximo de 3 horas diarias, 30 horas mensuales o 200 horas anuales (Decretos 16.115/1933 y 484/2000).

¿Se pueden obligar a los empleados a trabajar horas extras?

En el caso de que tengan lugar daños urgentes y extraordinarios, como hemos mencionado en el punto anterior, la empresa sí puede obligar a sus empleados a trabajar horas extras. En los demás casos, estas no pueden ser jamás obligatorias.

¿Qué son los pagos adicionales sobre horas trabajadas en exceso?

Comúnmente, se denomina así a los pagos adicionales sobre horas trabajadas en exceso a la jornada legal. Entonces, si el trabajo excede la jornada legal prevista para la actividad por ley o convenio colectivo, el empleado puede seguir desplegando tareas, pero haciéndose acreedor de un recargo por cada lapso temporal trabajado en exceso.

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