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¿Cómo se consideran las horas extras?
Tal y como se explica en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, cada hora que sobrepase las 40 horas se conoce como horas extras o extraordinarias. Estas horas extraordinarias se abonan según convenio colectivo o contrato individual, pero la cuantía nunca será inferior al valor de la hora ordinaria.
¿Cuántas horas se trabaja en el segundo turno?
Jornada diurna: Comprende el período entre las 6 am y 8 pm. Los trabajadores que tengan este tipo de jornada no pueden laborar más de ocho horas al día. Jornada nocturna: Va desde las 8 pm hasta las 6 am. A diferencia de la jornada diurna, el tiempo máximo que un empleado puede estar en la empresa es de siete horas.
¿Qué son las horas extraordinarias y tipos?
Cuando la trabajadora preste servicios en horas suplementarias, es decir, cuando supere la jornada legal, que no puede ser superior a las 9 horas diarias ni a las 48 horas semanales, la remuneración tendrá un recargo del 50\% por cada hora en días comunes y del 100\% en días sábados después de las 13 hs.
¿Cómo se cuentan las horas extras?
Para liquidar las horas extras tomamos el valor de la hora diurna y la multiplicamos por el porcentaje de recargo que corresponda al tipo de horas extra, que puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva.
¿Cuáles son los 3 tipos de jornada laboral?
Tipo de jornada | Periodo de tiempo que abarca la jornada |
---|---|
Nocturna | El comprendido entre las veinte y las seis horas |
Mixta | Comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, ya que, si comprende tres y media o más horas, se reputará jornada nocturna |
¿Cuáles son los tipos de hora?
La duración dependerá del horario en que se presten los servicios y puede ser:
- Diurna: de 6:00 a 20:00 horas.
- Nocturna: de 20:00 a 6:00 horas.
- Mixta: tiene períodos tanto de la jornada diurna como de la nocturna, cuidando que el período nocturno sea menor a tres horas y media.
¿Cómo calcular las horas extras en Colombia 2021?
Las horas extras se remuneran con un recargo sobre el valor ordinario a saber: Extra diurna 25\% Extra nocturna 75\%…
- Recargo por trabajo dominical o festivo: 75\% (artículo 179 CST)
- Recargo por trabajo extra nocturno: 75\% (numeral 3 artículo 168 CST)
- Recargo por trabajo extra diurno 25\% (numeral 2 artículo 168 CST)
¿Cuántas horas extras se pueden trabajar por turnos?
«En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales.» De manera que lo máximo que la ley permite trabajar son 8 horas diaria para el caso de la jornada laboral por turnos.
¿Cuántas horas extras se pueden realizar?
Según la legislación vigente, la realización de horas extras se encuentra limitada a un máximo de 3 horas diarias, 30 horas mensuales o 200 horas anuales (Decretos 16.115/1933 y 484/2000).
¿Se pueden obligar a los empleados a trabajar horas extras?
En el caso de que tengan lugar daños urgentes y extraordinarios, como hemos mencionado en el punto anterior, la empresa sí puede obligar a sus empleados a trabajar horas extras. En los demás casos, estas no pueden ser jamás obligatorias.
¿Qué son los pagos adicionales sobre horas trabajadas en exceso?
Comúnmente, se denomina así a los pagos adicionales sobre horas trabajadas en exceso a la jornada legal. Entonces, si el trabajo excede la jornada legal prevista para la actividad por ley o convenio colectivo, el empleado puede seguir desplegando tareas, pero haciéndose acreedor de un recargo por cada lapso temporal trabajado en exceso.