Como se calcula el desempleo a tiempo parcial?

¿Cómo se calcula el desempleo a tiempo parcial?

Durante los 180 primeros días, el trabajador percibirá el 70\% de la base reguladora. A partir del 181 día, el trabajador percibirá el 50\% de la base reguladora.

¿Cuánto paro me corresponde con media jornada?

Si has trabajado a media jornada habrás cobrado, por lo general, menos que una persona que ha trabajado a jornada completa. Puesto que la cuantía se extrae de la base de cotización de los últimos 180 días, ésta será menor. Los primeros 180 días se cobra el 70\%. A partir de ese día sólo se recibe 50\% de la base.

¿Cuánto se cobra por un contrato de 20 horas?

En este caso, el salario mínimo interprofesional por hora es de 7,66 € (14.0000 € / 1826,45 horas).

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Horas Salario bruto
20 583,33
25 729,17
30 875
35 1.020,83

¿Cómo aplicar para el desempleo en NY?

¿Cómo aplicar para el desempleo en NY? Si eres residente del estado y necesitas solicitar los beneficios del seguro de desempleo, debes iniciar sesión en la página web oficial del Departamento de Trabajo de New York. No obstante, esta no es la única vía.

¿Cómo pagar los beneficios por desempleo en NY?

La compensación o beneficios por desempleo en NY y otros estados del país están sujetos al pago de impuestos federales y estatales. Ahora bien, tienes dos opciones: pedirle al Departamento de Trabajo de NY que retenga los impuestos de cada pago semanal o solicitar el pago completo y encargarte de enterar tus impuestos por cuenta propia.

¿Cuándo pagan el desempleo en el estado de NewYork?

¿Cuándo pagan el desempleo en el estado de New York? El primer pago por desempleo se tarda entre tres y seis semanas después de que hayas realizado el primer reclamo. Aunque parezca prolongado, es el tiempo que necesita la agencia para revisar tu solicitud y analizar tu caso particular.

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¿Qué cuenta para cobrar el desempleo de nuevo?

¿Qué cuenta para cobrar el desempleo de nuevo? En el caso de que, tras simultanear un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial con la prestación por desempleo en la cuantía restante para completar la jornada laboral, te quedases nuevamente en paro, no pierdes el derecho a cobrar prestación por desempleo, salvo que lo hubieses agotado.

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