Tabla de contenido
¿Cómo se acredita el derecho extranjero?
La persona que invoque el Derecho extranjero deberá acreditar su contenido y vigencia por los medios de prueba admitidos en la ley española, sin embargo, para su aplicación “el Juzgador podrá valerse además de cuantos instrumentos de averiguación considere necesarios, dictando al efecto las providencias oportunas”.
¿Quién ejecuta el exequátur?
La ley del tribunal de exequátur exige que el Estado al que pertenece el tribunal sentenciador sea competente en la esfera internacional para conocer y resolver. Nótese, el poder que se ha de revisar no es el del tribu- nal (un órgano) sino el del Estado.
¿Qué es una sentencia extranjera?
Sentencia extranjera. Por razones de conveniencia y de solidaridad, casi todas las leyes procesal es vigente s en el mundo, reconocen, bajo ciertas condiciones, la eficacia de sentencia s pronunciadas en el extranjero, y autorizan a promover su ejecución dentro de los respectivos territorio s.
¿Cuál es el trámite para el reconocimiento y ejecución de una sentencia extranjera?
El trámite para el reconocimiento y ejecución de una sentencia extranjera que regula en el apartado de la cooperación procesal internacional, es muy semejante al regulado por el Código Federal de Procedimientos Civiles (artículos 11 y siguientes).
¿Qué debe hacer un juez mexicano si reconoce una sentencia extranjera?
Por regla general, el juez mexicano debe limitarse a revisar, resolver si reconocerá la sentencia extranjera y en su caso ordenar su ejecución, no le corresponde al juez atender el litigio que concluyó con ella, es decir, la ley prohíbe que los tribunales mexicanos examinen o decidan sobre la justicia o injusticia del fallo extranjero.
¿Cuál es la eficacia de las sentencias pronunciadas en el extranjero?
Por razones de conveniencia y de solidaridad, casi todas las leyes procesal es vigente s en el mundo, reconocen, bajo ciertas condiciones, la eficacia de sentencia s pronunciadas en el extranjero, y autorizan a promover su ejecución dentro de los respectivos territorio s.