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¿Cómo revisar la pensión de jubilación?
Se puede consultar la resolución de jubilación acudiendo a cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Como ocurría en el caso de la solicitud, no hace falta ir al centro más cercano, vale cualquiera.
¿Qué hacer cuando hay cotizaciones que no aparecen en la vida laboral?
Las cotizaciones que no constan en la vida laboral En este supuesto, será preciso reclamar el reconocimiento de las cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social directamente.
¿Cómo puedo ver una resolucion del INSS?
Una vez dentro de ‘Tu Seguridad Social’, debe acudir al apartado ‘Tus datos’, en la parte superior, y clicar en la sección ‘Gestiones’ que aparece en el sector derecho de la pantalla. Allí podrá consultar sus trámites, hacer seguimientos y comprobar los expedientes ya resueltos.
¿Cómo solicitar una simulacion de jubilación?
Qué necesita para realizarlo Una vez identificado en Tu Seguridad Social, en el apartado “Trabajo”, pulsar en “Simular tu jubilación”. Incorporar la información que la aplicación solicita para realizar dicha simulación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar cotizaciones?
4 años
¿Qué plazo tengo para reclamar cotizaciones? El plazo para reclamar cotizaciones es de 4 años, por lo que , desde que se presenta la denuncia, se podrán reclamar las cotizaciones o las diferencias de cotización de los 4 años anteriores.
¿Cómo reclamar años de aportes no realizados?
En el caso de denuncias por falta de aportes se deben realizar en forma personal en:
- cualquiera de las dependencias de AFIP-DGI o.
- la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social, sita en la calle Defensa. N° 131, 1° Piso, Oficina 105, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de. 10.00 a 16.00 hs.
¿Qué pasa si el trabajador no consigna los aportes a pensión?
Suele suceder que el trabajador no se entera si su empresa consigna o no los aportes a pensión, y en ese sentido queda desprotegido, ignorando que es responsabilidad y obligación del fondo de pensión al que se ha afiliado hacer el cobro coactivo de los aportes en mora. Así los faculta el artículo 24 de la ley 100 de 1993:
¿Qué pasa si el empleador no afilia al trabajador a un fondo de pensiones?
En los casos en que el empleador no afilia al trabajador a un fondo de pensiones, se presenta lo que se llama omisión de afiliación. En tal caso el trabajador debe demandar el empleador a fin de que el juez le ordene al empleador que afilie al trabajador con efectos retroactivos desde el inicio de la relación laboral.
¿Cuándo se resuelve la tramitación de la pensión?
Debes consultar tu resolución en el INSS para comprobar que esta tramitación se resuelva como máximo en el plazo de un mes desde que se percibió el último salario hasta que se cobre el primer pago de la pensión. Actualmente, está por debajo de ese plazo.
¿Quién paga los aportes a pensión?
Responde el fondo o administradora de pensiones. Hoy en día cuando el empleador no paga los aportes a pensión, la UGPP se encarga de ello, y en caso que ni la UGPP ni Colpensiones hagan las gestiones necesaria para conseguir el pago de los aportes en mora, Colpensiones se hace responsable por ello. Cobro coactivo de los aportes a pensión.