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¿Cómo reclamar a las compañías eléctricas?
La denuncia se puede enviar de manera presencial en el registro, por correo postal o por vía telemática en la sede electrónica. También se puede realizar a través del registro único de la CNMC: a través de esta vía, el consumidor tendrá que presentar la denuncia en el municipio añadiendo a la CNMC como remitente.
¿Cómo se contesta a una hoja de reclamación?
Cómo responder una hoja de quejas y reclamaciones A partir de la presentación de la hoja de quejas y reclamaciones, la empresa dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para responder por escrito, proponiendo una solución al conflicto en caso de que la haya o justificando que no la ofrezca.
¿Cuáles son las reclamaciones en materia de energía eléctrica?
1.- Reclamación en materia de energía eléctrica Las reclamaciones en relación a la medida de consumo (contador), facturación o cortes indebidos deben dirigirse en primer lugar a la compañía eléctrica, que ha de responder en un plazo máximo de 5 días hábiles (15 días si la potencia contratada es superior a 15 kW).
¿Qué pasa si no contesto a la reclamación en plazo?
Es muy importante contestar a la reclamación en plazo pues de no hacerlo se incurriría en una infracción tipificada en el artículo 71.8.3ª de la Ley 13/2013, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía sancionada con multa de entre 200 y 5.000 euros.
¿Cuánto tiempo se tarda en contestar a una reclamación?
En un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de recepción de la hoja de reclamaciones la empresa deberá contestar a la reclamación mediante escrito razonado.
¿Cuánto tarda en responder una hoja de reclamación?
El Decreto 472/2019, de 28 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y su tramitación administrativa indica, en su art. 10, que la entidad comercial que reciba la hoja de reclamación deberá responderla en el plazo de diez días hábiles.