Tabla de contenido
¿Cómo realizar un contrato de arrendamiento?
Información básica del contrato de arrendamiento
- El lugar y la fecha: Es importante definir cuándo y dónde se revisa y firma el contrato.
- Los datos personales: Aquí se debe completar con la información básica del arrendador, del arrendatario y del fiador (en el caso que corresponda).
¿Cómo se formaliza un contrato de alquiler de vivienda?
El contrato de arrendamiento puede formalizarse por escrito o de palabra. La plena validez de un contrato verbal viene determinada por el pago de la renta, que es el elemento esencial de cualquier contrato de arrendamiento. La duración es la que se establezca inicialmente por ambas partes.
¿Cuál es el procedimiento a seguir de un contrato de arrendamiento?
El procedimiento a seguir puede variar en función de la causa de resolución del contrato de arrendamiento, por ejemplo si la causa es la falta de pago se tramita como un desahucio (juicio verbal), en cambio por ejemplo si la causa es por actividades molestas y otras, el procedimiento a seguir es el procedimiento ordinario.
¿Cuál es la ley que rige en un contrato de arrendamiento de vivienda?
La ley que rige en un contrato de arrendamiento de vivienda está determinada por la posición del terreno, no por la ubicación de ninguna de las partes. Por ejemplo, si usted vive en Texas pero alquila una propiedad en California, su contrato de arrendamiento se regirá por la ley de California.
¿Qué causa la extinción del contrato de arrendamiento?
Otra causa por la que se puede resolver el contrato de arrendamiento es la necesidad de la vivienda para el propietario o alguno de los familiares que establece la Ley. Respecto a esta causa de extinción del contrato, os recomiendo la lectura del siguiente artículo: RECUPERAR LA VIVIENDA POR NECESIDAD.
¿Qué causa la resolución de un contrato de arrendamiento?
El artículo 27 de la LAU establece algunas de las causas que pueden dar lugar a la resolución del contrato de arrendamiento, tales como: La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.