¿Cómo quitar pensión de alimentos?
En este caso, la persona que desea poner término a la pensión de alimentos, debe acudir al tribunal de familia y presentar una demanda patrocinada por un abogado. Según el caso, el abogado seguirá el modelo de cese de pensión de alimento correspondiente. Finalmente, el juez decidirá el cese de la pensión alimenticia.
¿Cuándo termina pensión compensatoria?
Extinción de la pensión compensatoria El derecho a recibir esta pensión se termina: Por las mejoras económicas del cónyuge acreedor o por el empeoramiento del cónyuge deudor que hace que desaparezca el desequilibrio económico.
¿Quién puede solicitar una demanda por pensión de alimentos?
¿Quién puede solicitar una demanda por pensión de alimentos? La ley establece que la demanda por alimentos la pueden realizar las siguientes personas: El cónyuge, es decir, la mujer o el marido según sea el caso. Los descendientes, es decir los hijos, los nietos y en general todos los descendientes en la línea recta.
¿Quién puede acceder a la pensión pública?
A ella solo puede acceder a ella los trabajadores que ya han accedido a la jubilación y, una vez percibiendo la pensión pública, decidan reincorporarse a la vida laboral. No obstante, esta opción no está disponible para los jubilados que se hayan beneficiado de bonificaciones o anticipaciones de edad al retirarse profesionalmente.
¿Cómo mantener la pensión de jubilación mientras se trabaja?
A este último colectivo, siempre que tengan menos de 70 años, se permitió la reincorporación al sistema sanitario, compatibilizando la pensión, tras la declaración del estado de alarma. Otra forma de mantener la pensión de jubilación mientras se trabaja, evitando su suspensión, es la jubilación activa.
¿Cuál es la cuantía de la pensión por trabajo compatible?
Si se cumplen las condiciones anteriores el trabajo compatible podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial. La cuantía de la pensión que se perciba durante este periodo será equivalente al 50\% del importe resultante en el reconocimiento inicial de la pensión, una vez aplicado, si procede, el límite máximo.
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