¿Cómo poner a mi hijo de beneficiario en la Seguridad Social?
En el portal Tu Seguridad Social mediante un representante que disponga de certificado digital o cl@ve. Presencialmente con cita previa en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que le corresponda.
¿Qué significa beneficiario en la Seguridad Social?
Beneficiarios / Requisitos: Tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, quienes se encuentren quienes se encuentren, entre otras, en las siguientes situaciones: Ser cónyuge de la persona asegurado o convivir ella con análoga relación de afectividad, constituyendo pareja de hecho.
¿Cuándo dejan de ser beneficiarios en salud los hijos?
Una vez cumplen 25 años de edad, hijos dejan de ser beneficiarios en salud. Los hijos menores de 25 años, es decir, aquellos que tengan 24 años de edad serán considerados beneficiarios para el acceso a la seguridad social hasta el último segundo del último minuto de la última hora del último día en el que tengan 24 años.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
¿Quiénes pueden ser beneficiarios? Cónyuge o compañero/compañera permanente. Hijos, padres o parientes hasta tercer grado de consanguineidad. Hijo adoptivo.
¿Quiénes son los beneficiarios de la Seguridad Social?
Los hijos menores de 25 años, es decir, aquellos que tengan 24 años de edad serán considerados beneficiarios para el acceso a la seguridad social hasta el último segundo del último minuto de la última hora del último día en el que tengan 24 años.
¿Cuáles son los beneficiarios adicionales en caso de fallecimiento de la madre?
En caso de fallecimiento de la madre, quedará inscrito en la EPS del padre o de quien tenga su custodia. Los cotizantes pueden inscribir como beneficiarios adicionales a aquellas personas diferentes al grupo familiar básico que dependan económicamente del cotizante y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.