Como pagarse uno mismo la Seguridad Social?

¿Cómo pagarse uno mismo la Seguridad Social?

La vía para cotizar sin trabajar en realidad solo es una: los denominados convenios especiales con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Estos convenios son acuerdos voluntarios entre un trabajador y la Tesorería General de la Seguridad Social que permiten a esa persona seguir cotizando.

¿Cómo hago para pagar mi seguridad social como independiente?

Si eres trabajador independiente puedes pagar a través de PILA. Como trabajador independiente realizar tus aportes a seguridad social es muy sencillo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), con la que, fácilmente, podrás liquidarlos vía electrónica.

¿Cuánto tiempo hay que trabajar para cobrar toda la pension de jubilacion?

De acuerdo con el cuadro, en 2020 será necesario haber cotizado 37 años o más para jubilarse a los 65 años y cobrar el 100 \% de la pensión. O bien haber cumplido la edad legal de jubilación si no se alcanza dicho mínimo: 65 años y 10 meses.

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¿Cuáles son los trabajadores que no tienen derecho a la Seguridad Social?

Cualquier trabajador que no esté dado de alta en la Seguridad Social, ni como empleado por cuenta ajena ni como autónomo. Empleados en situación de alta con contrato fijo, siempre que hayan cumplido los 65 años y tengan cotizados 35 de ellos. Personas pluriempleadas, en el momento en que finalice uno de sus trabajos.

¿Cómo contactar con la Seguridad Social?

Le recomendamos solicite vd. más información en la Seguridad Social, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es Estimada Alicia.

¿Es posible cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando al mismo tiempo?

En términos generales, no es posible cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando al mismo tiempo; pero existen algunas excepciones, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

¿Qué es un convenio de Seguridad Social?

Estos convenio son acuerdos voluntarios entre un trabajador y la Tesorería General de la Seguridad Social que permiten a esa persona seguir cotizando. ¿Cómo? Mediante el abono de una cuota mensual al INSS. De este modo podrás continuar cotizando.

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