Como pagar una tasa judicial?

¿Cómo pagar una tasa judicial?

MEDIOS DE PAGO HABILITADOS:

  1. 1) PERSONAS FÍSICAS: únicamente a través de la Plataforma de Pagos Judiciales del Banco Ciudad (consultar instructivo).
  2. 2) PERSONAS JURÍDICAS: excepcionalmente durante la vigencia de las restricciones de atención dictadas por el BCRA, en forma presencial con turno previo.

¿Cuál es el monto de la tasa de Justicia?

De acuerdo a lo establecido en los artículos 334 y 335 del Título VI del Código Fiscal -Ley N° 10.307 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-, fijase en la suma de $138,00,la tasa general de actuación por expediente ante las reparticiones y dependencias de la Administración Pública, cualquiera fuere la cantidad de …

¿Por qué se crearon las tasas judiciales?

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Las tasas judiciales fueron creadas por el ex ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para poder reducir el exceso de volumen de trabajo de la administración respecto a los medios Civil, Social y Contencioso, y de esta forma evitar que se llevasen a cabo dichos procesos sin ser estrictamente necesarios.

¿Quién está obligado a pagar la tasa judicial?

1. Quién está obligado a pagar la tasa judicial El artículo 3 indica que es sujeto pasivo de la tasa quien promueva el ejercicio de la potestad jurisdiccional y realice el hecho imponible de la misma.

¿Cómo se calcula la cuota fija de las tasas judiciales según el procedimiento?

La cuota fija de las tasas judiciales según el procedimiento se puede consultar en las siguientes tablas: Para determinar la cuota variable hay que tener en cuenta el coste del procedimiento y quién se encarga de iniciar el proceso.

¿Cuál es la cuota variable de la tasa judicial?

Si es una persona física la que inicia el procedimiento, la cuota variable de la tasa judicial será del 0,10\% de la base imponible, independientemente del coste que tenga el proceso (hasta una cantidad máxima de 2.000 euros).

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