Tabla de contenido
¿Cómo hacer una factura personal?
Elementos a incluir al hacer una factura:
- Número y, en su caso, serie.
- La fecha de su expedición.
- Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
¿Cómo sé si puedo facturar a mi nombre?
Existen varias modalidades para generar tus facturas:
- A través de la aplicación gratutita del SAT.
- Por medio de la aplicación gratuita de algún proveedor de certificación.
- Contratando el servicio de un proveedor de certificación.
- A través de Mis Cuentas.
¿Qué pasa si me facturan a nombre de otra persona?
Solicitar facturas a nombre de alguien más, te podría hacer cómplice del delito de evasión de impuestos, excepto cuando se trata del pago por cuenta a terceros. Simular operaciones y presentar declaraciones con facturas apócrifas es un delito grave con sanciones que van desde uno a nueve años de prisión.
¿Es legal facturar a nombre de otra persona?
Hay algunas personas que se preguntan si es legal facturar a nombre de otra persona. Es decir, pedirle a un amigo que está dado de alta como autónomo, o que tiene una sociedad, la posibilidad de hacer una factura con su número de NIF/CIF y sus datos, aunque el trabajo lo haya realizado él o ella y no esté dado de alta como autónomo.
¿Quiénes están obligados a emitir factura?
Además de emitir factura, los mencionados sujetos, están obligados a expedir y conservar copia de la misma, para su propia contabilidad y la de aquel que recibe la factura. También están obligados a emitir factura los empresarios y profesionales en los supuestos de pagos anticipados.
¿Cuál es la obligación de expedir y entregar facturas?
En primer lugar está recogida en el artículo 28.2 e) de la Ley General Tributaria donde se establece la obligación de expedir y entregar facturas y de conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con las obligaciones tributarias del profesional.
¿Qué es una factura de compraventa?
La factura es un documento en el cual queda reflejada la información de una operación de compraventa. En este sentido, aquellas personas físicas que se encuentran dadas de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA), tienen la obligación de hacer factura de sus operaciones.
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