Como evitar un embargo de la Seguridad Social?

¿Cómo evitar un embargo de la Seguridad Social?

Solo puedes oponerte a la diligencia de embargo por los siguientes motivos:

  1. Porque la deuda ya se ha extinguido.
  2. Por haber prescrito el derecho que tenías a exigir el pago.
  3. Porque no se ha recibido la notificación de la providencia de apremio.
  4. Porque no se han cumplido las normas legales que regulan el embargo.

¿Cuánto te puede embargar la Seguridad Social?

-Desde el SMI hasta el doble del SMI se podrá embargar el 30\% de esa cantidad. -Desde el doble del SMI hasta el triple del SMI se podrá embargar el 50\% de esa cantidad. -Desde el triple del SMI hasta el cuádruple del SMI se podrá embargar el 60\% de esa cantidad.

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¿Qué tipo de cuentas son embargables?

En Colombia tanto las cuentas de ahorro como las cuentas corrientes tienen el carácter de embargables y por lo tanto ambas son sujeto de medidas cautelares dentro de los procesos ejecutivos.

¿Cómo actuar frente a un embargo de la Seguridad Social?

Cómo actuar frente a un embargo de la seguridad social. Si ya se nos ha notificado un embargo, lo primero que debemos de hacer, sin lugar a duda, es consultar con un profesional en materia de seguridad social. En algunos casos nuestra gestoría, si trabajamos con una, nos puede ayudar frente a esta complicada situación.

¿Cómo se realiza el embargo de cuenta bancaria por orden judicial?

¿Cómo se realiza el embargo de cuenta bancaria por orden judicial? Una vez se termina el procedimiento de ejecución, el deudor tiene que pagar, pero si no lo hace, el Juzgado o el Tribunal no tiene otra opción que embargarle.

¿Qué bienes pueden ser embargados?

Recordemos que cualquier tipo de bien puede ser embargado, siempre que la seguridad social lo considere oportuno para poder asegurar la deuda. Incluso podrían ser embargadas acciones que tengamos en propiedad.

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¿Quién puede ser responsable de deudas con seguridad social?

Sin embargo, existen diversas vías a través de las cuales el administrador puede ser responsable de deudas con Seguridad Social, Hacienda, o incluso a terceros proveedores.

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