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¿Como debe ser la constitución y aceptación de la hipoteca?
– La constitución y aceptación de la hipoteca deben ser expresas. ARTICULO 842. Sin embargo, si se constituye prenda e hipoteca, ésta puede garantizar el saldo insoluto que deje la prenda, pero en este caso no habrá responsabilidad personal del deudor, obrada por pacto expreso.
¿Qué es un certificado de transmision de hipoteca?
Los certificados de transmisión de hipoteca son participaciones hipotecarias en créditos hipotecarios que no reúnen los requisitos para ser movilizados mediante la emisión de valores hipotecarios. Son instrumentos para la refinanciación como titulización de activos.
¿Cómo se constituye la hipoteca en Guatemala?
El Artículo 822 del Código Civil señala: “La hipoteca es un derecho real que grava un bien inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligación”. La hipoteca como tal, se constituye en un derecho real de garantía, de conformidad con el Código Civil guatemalteco.
¿Quién emite los títulos hipotecarios?
Por tanto, dichos títulos sólo pueden ser emitidos por parte de los bancos, cajas, cooperativas de crédito, sociedades de crédito hipotecario, fondos hipotecarios y entidades de financiación. Dicho de otra forma, los títulos hipotecarios son una forma rápida de obtener liquidez por parte de las entidades financieras que los emiten.
¿Quiénes intervienen en la hipoteca?
En principio es importante tomar en cuenta que en la hipoteca intervienen el acreedor (acreedor hipotecario) y el deudor (deudor hipotecario). La hipoteca es una garantía real, se constituye sobre bienes determinados para garantizar que el deudor cumplirá con una obligación que tiene frente al acreedor.
¿Qué pasa si la hipoteca no tiene plazo cierto?
Si la hipoteca no tiene plazo cierto, no podrá estipularse anticipo de rentas, ni arrendamiento, por más de un año, si se trata de finca rústica, ni por más de dos meses, si se trata de finca urbana. Artículo 2915.-
¿Se puede suprimir una hipoteca?
Sin embargo, hay que tener presente que el banco no siempre estará dispuesto a aceptar la supresión de uno de los titulares de la hipoteca, pues para él supone perder a una garantía de pago.