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¿Cómo casarse por lo civil siendo menor de edad en Colombia?
En Colombia los menores de edad se pueden casar, por lo civil, siempre y cuando estén sobre los 14 años, previo permiso escrito por los padres. El matrimonio entre mayores de 14 años esta sustentado en el Código Civil, artíclo 117, primer inciso.
¿Qué pasa si me caso a los 15 años?
A continuación te presentamos algunas de las consecuencias que conllevan las uniones a temprana edad: Provoca vacíos emocionales y conflictos existenciales difíciles de superar. Se truncan proyectos de vida, así como el desarrollo estudiantil. Los problemas con la pareja son más usuales.
¿Cuándo se puede casar un menor de 18 años?
Un menor de 18 años de edad, y que haya cumplido 14 años, se puede casar siempre que cuente con el permiso escrito de sus padres. Esto se encuentra consagrado en el primer inciso del artículo 117 del código civil, el cual reza lo siguiente: «Los menores de la edad expresada no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito,
¿Cómo casarse sin el permiso de sus padres?
Consecuencias de casarse sin el permiso de sus padres. Ni el juez ni el notario público autorizarán un matrimonio civil sin que se adjunte el permiso de los padres o de quien deba expedirlo.
¿Cuál es la edad necesaria para contraer un matrimonio entre menores de edad?
Para contraerlo legalmente válido es necesario que ambos contrayentes tengan más de 18 años. En todo caso, existen algunas situaciones en las que de forma excepcional, puede celebrarse un matrimonio entre menores de edad.
¿Cuándo es nulo el matrimonio a partir de la edad de 14 años?
El código solo establece que es nulo el matrimonio que se haya celebrado por menores de 14 años o cuando cualquiera de los contrayentes sea menor de la edad mencionada. Entonces, a partir de que se tiene la edad de catorce años una persona puede celebrar contrato de matrimonio, según lo estipulado en el código civil.