Que se puede pedir al inquilino si el alquiler es para vivienda?

¿Qué se puede pedir al inquilino si el alquiler es para vivienda?

Si el alquiler es para vivienda no se puede pedir al inquilino: el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a 1 mes; depósitos de garantía o exigencias asimilables mayor del importe equivalente al primer mes de alquiler; el pago de valor llave o equivalentes;

¿Qué pasa si no acepto la renta de alquiler?

Tras la decisión del propietario, el inquilino tendrá dos posibilidades: o bien aceptar la nueva renta de alquiler, o bien no aceptarla. En el segundo caso, el contrato finalizará y el inquilino deberá abandonar la vivienda el día que vence dicho contrato.

¿Cómo fijar el precio del alquiler de inmuebles para vivienda?

En los contratos de alquiler de inmuebles para vivienda el precio del alquiler se debe fijar como valor único, por períodos mensuales y solo se pueden realizar ajustes anuales. En ningún caso se pueden establecer bonificaciones ni otras metodologías que puedan producir error.

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¿Cuándo aumentan los arrendamientos?

Los arrendamientos que se firmen en febrero de 2020 sólo podrán aumentar a partir de febrero de 2021. En el contrato locativo consta también la duración del arriendo.

¿Qué pasa si el inquilino deja el contrato de alquiler de vivienda antes de seis meses?

Si el inquilino deja el contrato de alquiler de vivienda antes de seis meses, deberá indemnizar al dueño con el pago de las mensualidades de renta que falten hasta cumplir dicho periodo (6 meses), salvo que acredite el inquilino que la vivienda la alquiló nuevamente durante esos meses. 2º.-

¿Qué hacer cuando un inquilino no paga la renta?

Cuando un inquilino no paga la renta, el arrendador tiene varias opciones legales, tales como reclamar sólo la renta impagada o, además, solicitar el desahucio del inquilino, interponiendo la correspondiente demanda de desahucio por impago de alquiler.

¿Cómo dejar el alquiler antes de los seis meses?

En este caso, si se quiere dejar el alquiler antes de los seis meses y el dueño no lo acepta, aunque el inquilino entregue las llaves de la vivienda, el dueño podrá demandarlo exigiendo el pago de una indemnización por incumplimiento del contrato.

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