Quien es el maximo responsable de la coordinacion y seguimiento del Programa Nacional de seguridad para la aviacion civil?

¿Quién es el máximo responsable de la coordinación y seguimiento del Programa Nacional de seguridad para la aviación civil?

Artículo 2. 1. Son funciones del Secretario General de Transportes como autoridad competente en relación con el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, las siguientes: a) Proponer, seguir y evaluar el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.

¿Qué son las acreditaciones y autorizaciones en los aeropuertos?

Las credenciales de identificación aeroportuarias son documentos otorgados por la AAC o el administrador del aeropuerto (concesionado), a personas y vehículos que requieren autorización para ingresar y circular en los recintos aeroportuarios o áreas restringidas de éstos, que acreditan autorización exclusivamente en la …

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¿Qué hace un Avsec?

El especialista AVSEC, tiene la responsabilidad de prevenir actos ilícitos que atenten contra la seguridad de las operaciones aéreas y de los aeropuertos.

¿Cuál es la retención del transporte internacional de carga?

Si el servicio de transporte internacional de carga es realizado por una empresa sin domicilio en Colombia, se aplica una retención del 5\% conforme lo señala el artículo 414-1 del estatuto tributario:

¿Cuál es la base mínima sujeta a retención en el servicio de transporte?

Base mínima sujeta a retención en el servicio de transporte. La retención en la fuente por servicios de transporte tiene dos bases mínimas así: En el servicio de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre tenemos una base mínima de retención de 27 Uvt, en aplicación del artículo 1.2.4.10.6 de decreto 1625.

¿Cuál es la tarifa de retención en el transporte de carga terrestre?

En el servicio de transporte de carga terrestre la tarifa de retención es del 1\% según señala el artículo 1.2.4.4.8 del decreto 1625 de 2016 en su primer inciso:

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¿Cuál es la tarifa de retención en la fuente en el transporte de pasajeros?

Retención en la fuente en el transporte de pasajeros. Tratándose del servicio de transporte de pasajeros por vía terrestre se aplica retención en la fuente a una tarifa del 3.5\% según dispone el inciso segundo del artículo 1.2.4.10.6 del decreto 1625 de 2016.

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