Cual es el orden senalado por la ley para practicar un embargo?

¿Cuál es el orden señalado por la ley para practicar un embargo?

En al vigente Ley de Enjuiciamiento Civil se establece un orden concreto a la hora de practicar un embargo, señalándose unos bienes con preferencia a otros a este fin. en concreto el orden señalado por la ley para practicar el embargo es el siguiente: 1º.- Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase. 2º.-

¿Cómo se regula el embargo de bienes?

El embargo se regula en los siguientes documentos: Ley de Enjuiciamiento Civil, Libro II (de los procesos declarativos), Título IV (de la ejecución dineraria), Capítulo III (del embargo de bienes), artículos 584 a 633. Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículos 589 a 614.

¿Cuál es el alcance de un embargo?

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¿ Cual es el alcance que debe tener un embargo? En primer lugar, tenemos que señalar que para que se pueda practicar un embargo, éste tiene que ser decretado u ordenado por la autoridad judicial o administrativa competente, dentro de un proceso o procedimiento en particular.

¿Cuáles son las disposiciones relativas al embargo?

Las disposiciones relativas al embargo se encuentran en las siguientes leyes: Ley de Enjuiciamiento Civil. Sobre medidas cautelares, de ejecución forzosa, traba de bienes, efectos del embargo entre otros puntos. Ley de Enjuiciamiento Criminal para las fianzas y embargos en el proceso penal.

¿Qué es un embargo de deuda?

Dicho lo anterior tenemos que señalar que el embargo se tiene que ceñir a aquello que resulte imprescindible para el cobro de la deuda por la que se sigue el proceso en particular.

¿Quién puede acordar un embargo sobre bienes de otra persona?

Ningún particular (persona física o entidad) puede por si mismo acordar un embargo sobre bienes de otra persona, sino a través del proceso pertinente y solicitando a la autoridad en concreto que tenga competencia al respecto, que efectúe el mismo.

¿Qué significa la palabra embargo?

Según la Real Academia Española, la palabra embargo tiene el siguiente significado: “Retención, traba o secuestro de bienes por mandamiento de juez o autoridad competente” ¿Por qué se le embarga a la persona?

¿Cuáles son los requisitos para ejecutar un embargo?

El juez debe dictar: hora, fecha y lugar del embargo. Se te debe notificar: hora, fecha y lugar de embargo. No todos los bienes son embargables. Pueden ejecutar el embargo sin tu presencia y hacer uso de la fuerza pública. El interventor debe presentarse antes de realizar el embargo. Puede existir un reembargo.

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