Que dia se cobra la prestacion por riesgo de embarazo?

¿Qué día se cobra la prestacion por riesgo de embarazo?

Los tres primeros días de la baja no corresponde ninguna percepción salarial. Entre el cuarto día y el 21, recibirá el 60\% de la base reguladora. Hasta el día 15 será el empresario quien tenga que pagarlo. Del 16 al 21, será responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

¿Qué día del mes se cobra la baja por la mutua?

Los tres primeros días no se recibe ninguna cuantía. Del cuarto al vigésimo se abona el 60\%. Siempre comienza a realizarlo la empresa, pero a partir del día 16 el salario lo realiza la Seguridad Social, pasando a su cargo. A partir del día 21 de la baja laboral, se abona el 75\% de la base reguladora.

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¿Qué día te ingresan la baja por maternidad?

El ingreso del subsidio se suele realizar el último día hábil del mes, y en el caso de ser festivo, el día hábil anterior. Cuando se trata de un parto múltiple y se está recibiendo además un subsidio especial, se realiza un único pago seis semanas después del nacimiento.

¿Qué día paga la Mutua Intercomarcal?

El subsidio por incapacidad temporal se paga a partir del cuarto día de baja, y que hasta el día 15 será la empresa quién se haga cargo del importe. A partir del día 16, es el INSS o la Mutua, aunque la empresa actúe por pago delegado.

¿Qué día del mes paga la mutua Montañesa?

Gestión del Pago Entre los días 4 y 15 de baja, el subsidio correrá a cargo de la empresa. Entre los días 16 y 20 de baja, el subsidio correrá a cargo de Mutua Montañesa.

¿Quién paga la pension de viudedad por accidente laboral?

El INSS o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, según quien tenga a su cargo la protección de las contingencias derivadas de accidente de trabajo.

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¿Quién paga la prestación por riesgo durante el embarazo?

El organismo o entidad que se encarga de pagar la totalidad de la prestación por riesgo durante el embarazo es la MUTUA con la que la empresa tenga contratada la cobertura de los riesgos profesionales. Existen multitud de mutuas autorizadas por la Seguridad Social: Y muchas más ….

¿Quién paga la prestación de Seguridad Social?

La gestión y el pago de la prestación corresponde a la Dirección Provincial de la Entidad gestora ( INSS o ISM), en la que tenga su domicilio la interesada, o a la Mutua colaboradora con la Seguridad Social , en función de la Entidad que cubra los riesgos profesionales.

¿Cuál es el periodo máximo de duración de la prestación?

Cuando la trabajadora realice cualquier trabajo o actividad, por cuenta propia o ajena, excepto aquellas que ya realizaba anteriormente o aquellas que empieza a desempeñar, pero que no impliquen riesgo alguno para el embarazo. No hay un periodo máximo de duración de la prestación.

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¿Quién paga la prestación a una trabajadora embarazada?

El pago corresponde siempre a la mutua que en su momento otorgó la prestación a la trabajadora embarazada. Ante un cambio de mutua, la nueva mutua no tiene que hacerse cargo del pago y seguirá recibiéndose la cantidad completa por parte de la primera Para salir de dudas.

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