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¿Cuál es la facultad real de la condonación de la deuda?
Si bien el deudor puede realizar cualquier ofrecimiento que estime oportuno a lo largo de la obligación contraída, la facultad real de la condonación de la deuda recae sobre el acreedor, que es quien renuncia total o parcialmente a su derecho de crédito.
¿Cómo funciona la condonación?
La condonación opera en forma automática al efectuar un pago en línea; vale decir, el contribuyente sólo debe declarar a través de la Oficina Virtual del SII y automáticamente le será calculada la condonación, siempre que dicho contribuyente no tenga observación pendiente de aclaración con la Institución.
¿Qué es la condonación forzada?
Forzada: excepcionalmente, al acreedor se le puede imponer la renuncia a dicho derech Este tipo de condonación puede ser por ejemplo en una quiebra empresarial o en una situación de concurso de acreedores, donde se trata de salvar una situación procurando los menores perjuicios para las partes involucradas.
¿Qué hacer si una deuda no es suya?
Si piensa que esa deuda no es suya, siga las instrucciones del aviso. En el aviso debería decir qué es lo que tiene que hacer para disputar la deuda. Si la deuda es suya, haga un plan para ver cómo va a pagarla.
¿Qué pasa si un cobrador de deudas deja de llamarlo?
Reporte a los malos cobradores de deudas a la Comisión Federal de Comercio llamando al 1-877-382-4357. ¿Qué pasará si me demandan? Que un cobrador de deudas deja de llamarlo no significa que la deuda deje de existir.
¿Cómo Renunciar a una parte o a la totalidad de la deuda?
El acreedor se planteará renunciar a una parte o a la totalidad de la deuda cuando estime que las consecuencias de un impago van a resultar mucho más drásticas para una o ambas partes, siendo la condonación de la deuda la mejor alternativa. Una vez hecha la renuncia y aceptada por el deudor queda extinguida la obligación oficialmente.