Tabla de contenido
¿Qué pasa si me demandan por no pagar una tarjeta de crédito?
Si puede llegar a un acuerdo, asegúrese de obtener un acuerdo por escrito que diga que el acreedor considerará la deuda completamente liquidada y la reportará a las agencias de crédito como pagada. Usted también podría considerar declararse en quiebra en caso de no tener los medios para pagar la deuda.
¿Qué es una demanda civil por deuda a una tarjeta de credito?
¿Cómo sabe que lo están demandando por una deuda? Las citaciones civiles pueden ocurrir cuando usted incumple con un préstamo no garantizado o no paga una tarjeta de crédito y la deuda es pasada al estado de cancelación. Básicamente, el prestamista o acreedor original considera que la deuda es una pérdida.
¿Se puede pagar la deuda de una tarjeta de crédito?
Consejo: Si usted es usuario autorizado de una tarjeta de crédito, pero no titular de la cuenta conjunta, en general no estará obligado a pagar la deuda. Si un cobrador de deudas insiste en que usted fue cosignatario de la cuenta, pero usted cree lo contrario, puede solicitar que el cobrador de deudas presente pruebas al respecto.
¿Quién es el titular de una cuenta conjunta de tarjeta de crédito?
En las cuentas conjuntas de tarjeta de crédito, el titular de la cuenta conjunta es responsable de la deuda. Un titular de cuenta conjunta no es lo mismo que un “usuario autorizado”.
¿Quién debe informar las deudas de su cónyuge a compañías de informe de crédito?
En general, no. Ni el acreedor ni el cobrador de deudas deberían informar las deudas de su cónyuge a compañías de informe de crédito bajo su nombre, salvo que usted sea titular de una cuenta conjunta; sea cosignatario del préstamo, la cuenta o la deuda; o viva en un estado con propiedad comunitaria.
¿Cuáles son las leyes que exigen que el cónyuge pague un tipo de deuda en particular?
Si las leyes estatales exigen que el cónyuge pague un tipo de deuda en particular. Si las leyes estatales exigen que el albacea o el administrador del patrimonio de la persona fallecida pague una factura pendiente que debían conjuntamente el cónyuge fallecido con el cónyuge sobreviviente.