Cuanto tiempo tiene la empresa para pagar atrasos de convenio?

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar atrasos de convenio?

El trabajador tiene un plazo de un año desde la publicación del nuevo convenio que estipule el aumento salarial. Una vez transcurrido ese plazo, no tendrá derecho a reclamar esas cantidades.

¿Qué IRPF se aplica a los atrasos de convenio?

Al calcular los atrasos del año anterior aplica un 15 \% de I.R.P.F. sobre las diferencias de los conceptos.

¿Qué tipo de retencion se aplica a los atrasos imputables a ejercicios anteriores?

Recordemos que en el artículo 80 del Reglamento de IRPF se establece una retención del 15\% para los atrasos que correspondan imputar a ejercicios anteriores.

¿Dónde meto los atrasos en la renta?

Atrasos en el cobro de la Renta e IRPF Cuando sí se cobren los atrasos se deberá presentar autoliquidación complementaria del ejercicio de la exigibilidad. Los atrasos en la Renta se deberán declarar cuando se perciban. Los atrasos se deberán imputar al período en el que fueron exigibles.

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¿Cuál es el plazo máximo para abonar los atrasos salariales?

La empresa tendrá el siguiente plazo para realizar tal regularización ante la Tesorería General de la Seguridad Social: Último día del mes siguiente que señale el convenio como plazo máximo para abonar los atrasos salariales.

¿Cuándo se produce un atraso salarial?

¿Cuándo se produce un atraso salarial? El Estatuto de los Trabajadores no establece una fecha concreta en la que deba pagarse el salario, sino unas normas para poder determinarla.

¿Cómo calcular los atrasos?

En primer lugar, consigne el mes en el que va a pagar los atrasos. De ese modo, la herramienta le calculará los atrasos devengados hasta el mes anterior (ya que en el mes de pago de los atrasos la nómina mensual ya debe incluir los salarios actualizados). Consigne también el número de pagas extras que se hayan abonado hasta ese momento.

¿Cómo calcular los atrasos de un convenio?

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Cálculo de los Atrasos de Convenio Una vez actualizados los datos, accede al punto » Cálculo/ Atrasos de Convenio – L03 » e indica, como Tipo de Paga: » C -Atrasos Convenio». Informa el período al que se refieren los atrasos, indicando fecha de inicio y fin de devengo, y la fecha de cobro de los atrasos.

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