Cuales son los elementos constitutivos de los contratos informaticos?

¿Cuáles son los elementos constitutivos de los contratos informaticos?

Al igual que en la contratación ordinaria, los elementos de los contratos informáticos son el consentimiento, la causa, y el objeto lícitos. Conviene, no obstante, establecer las peculiaridades que en materia informática presentan estos elementos. La causa es la finalidad para la que sirve el contrato.

¿Cómo se clasifican los contratos informáticos?

Existen dos tipos de contratos informáticos fundamentales: aquellos referidos a los bienes (equipos, periféricos, dispositivos, etc.) y aquellos referidos a los servicios (asistencia, formación, mantenimiento, programas, etc.)

¿Cómo son los contratos informáticos?

Los contratos informáticos son aquellos que su contenido esencial se fundamenta en los elementos u objetos informáticos, que o bien transmiten derechos de propiedad o de uso sobre bienes que realizan funciones de tratamiento automático de la información como el equipo (hardware) o los programas (software); o bien …

¿Qué son las cláusulas de exoneración de responsabilidad en los contratos?

Las cláusulas de exoneración de responsabilidad en los contratos Como regla general, el derecho permite que los particulares de manera previa al incumplimiento de una obligación, estipulen en el contenido del contrato unas cláusulas que persiguen restringir o exonerar el pago de perjuicios que conlleva la responsabilidad.

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¿Cuáles son las cláusulas más frecuentes?

Por eso, vamos analizar en los próximos artículos algunas de las cláusulas más frecuentes como son los disclaimers, las indemnity clauses, el denominado liability cap o el Safe Harbor Principle.

¿Cuáles son las cláusulas nulas de pleno derecho?

Dichas cláusulas son nulas de pleno derecho, de forma que se tendrán por no puestas (Sentencia Tribunal Supremo de 20 de octubre de 1984).

¿Qué son las cláusulas de protección de los fabricantes y prestadores de servicios?

Dichas cláusulas se emplean como una forma de protección de los fabricantes o prestadores de servicios frente a las posibles demandas por daños y perjuicios (damages) derivadas de una utilización incorrecta de sus productos, o frente a reclamaciones por responsabilidades que pueden estar más allá de su control directo.

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