Que es un contrato de concesion minera?

¿Qué es un contrato de concesión minera?

El contrato de concesión minera es el que se celebra entre el Estado y un particular para efectuar, por cuenta y riesgo de este, los estudios, trabajos y obras de exploración de minerales de propiedad estatal que puedan encontrarse dentro de una zona determinada y para explotarlos.

¿Qué derechos otorga la concesión minera?

concesión minera otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos, que se encuentren dentro de un sólido de profundidad indefinida.

¿Cómo solicitar un contrato de concesión minera?

Ingrese a www.anm.gov.co, al enlace de Catastro Minero, ubicado en la parte inferior. Seleccione la opción Solicitud de Pines. Luego, escoja el tipo de solicitud que va a radicar: Propuestas de Contratos de Concesión.

¿Quién otorga las concesiones mineras en el Perú?

El Gobierno Central, por medio del INGEMMET tramita y otorga concesiones mineras para la mediana minería y gran minería.

¿Quién otorga las concesiones mineras en Chile?

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Artículo 5°. – Las concesiones mineras se constituirán por resolución de los tribunales ordinarios de justicia, en procedimiento seguido ante ellos y sin intervención decisoria alguna o de otra autoridad o persona.

¿Cuánto tiempo puede durar un contrato de arrendamiento?

El contrato se entiende celebrado por un plazo máximo de veinte años. Siempre se salva la vigencia del contrato de arrendamiento. Determinar el tiempo máximo que puede durar un arriendo no es sencillo. Probablemente, la única manera de establecer un período máximo de duración es irnos a los extremos.

¿Cuál es la duración del arrendamiento?

La duración del arrendamiento no podrá sobrepasar ni ser inferior a la minima legal. En el alquiler de local la falta de cláusula de duración o la estipulación que no determina el tiempo del arriendo se puede suplir, según como esté redactado el contrato y quienes sean las partes contratantes:

¿Cuál es la duración máxima de un contrato de Arrendamientos Rústicos?

En este caso, los contratos se rigen por la ley 49/2003 de 26 de noviembre de Arrendamientos Rústicos, que fija la duración máxima en tres años. Al transcurrir este tiempo, si el propietario no avisa al arrendatario con un año de antelación, se prorrogará por tres años más y así sucesivamente.

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¿Se puede desistir del contrato de arrendamiento?

Sí, el inquilino puede desistir del contrato, pero deben haber transcurrido al menos seis meses. Para hacerlo tiene que comunicar su decisión al arrendador con una antelación mínima de treinta días. ¿Tendrá que pagar alguna penalización el inquilino si desiste del contrato?

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