Cual es la ley de la publicidad enganosa?

¿Cuál es la ley de la publicidad engañosa?

En su concepción legal, de conformidad con la Ley 358-05, General de Protección al Consumidos o Usuario, la publicidad engañosa consiste en aquella publicidad en la cual “la utilización de imágenes, textos, diálogos, sonidos o descripciones que directa o indirectamente, causen o puedan causar inexactitud o mensaje que …

¿Cómo regula la Profeco la publicidad?

La Procuraduría vigilará que la publicidad que se difunda sea veraz y comprobable de conformidad con el artículo 32 de la Ley, para lo cual deberá cumplir con lo siguiente: I. No presente atribuciones o cualidades de los bienes, productos o servicios ofrecidos que no correspondan a su función o uso. II.

¿Qué dice la Profeco sobre la publicidad en México?

Ricardo Sheffield, titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), aseguró este lunes que algunas prestigiosas marcas realizan publicidad engañosa con el fin de «recuperarse» de los estragos financieros que causó la pandemia de coronavirus.

¿Qué normas y leyes regulan la publicidad en México?

La nueva regulación busca impedir la contratación de anuncios publicitarios por parte de las agencias de publicidad que no sean solicitados por un anunciante. La Ley para la Transparencia, la Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad entró en vigor el 1 de septiembre de 2021.

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¿Qué es la normatividad de la publicidad?

Normatividad federal de la publicidad. La publicidad se controla y regula mediante leyes federales, estatales y locales, así como mediante normas que aplican diversas instancias gubernamentales como la FTC (Comisión comercial Federal).

¿Cuál es el objetivo de la Ley de publicidad?

Artículo 1.- Objeto y Alcance de la Ley. La presente ley prohíbe la publicidad comparativa, desleal, engañosa, ilícita, subliminal y discriminatoria en República Dominicana. También la que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios. Artículo 2.-

¿Qué prohíbe la Ley de publicidad en Dominicana?

La presente ley prohíbe la publicidad comparativa, desleal, engañosa, ilícita, subliminal y discriminatoria en República Dominicana. También la que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios. Artículo 2.-

¿Qué es nocivo para los mercadólogos y publicistas?

Por otra parte, y para tomarlo en cuenta, para Laura Fischer y Jorge Espejo, se entiende por nocivo lo engañoso y perjudicial, lo falto de sinceridad y que estimule en forma manipuladora la satisfacción de necesidades supérfluas para el consumidor [4]. En síntesis, y para que los mercadólogos y publicistas tengan claro este tema:

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¿Cuáles son los ejemplos de publicidad engañosa?

A continuación, se detallan algunos ejemplos y formas que son o pueden ser considerados (dependiendo de las leyes de cada país) como publicidad engañosa: Mensajes publicitarios que incluyen cláusulas del tipo «oferta válida hasta fin de existencias» u «oferta válida salvo error tipográfico».

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