Quien tiene que pagar el seguro de una vivienda alquilada?

¿Quién tiene que pagar el seguro de una vivienda alquilada?

Corresponde al propietario todo lo relativo al continente y en consecuencia, debe asegurar la vivienda. Si los materiales o estructura de la casa se vieran afectados sin ser causa del inquilino, será el seguro de hogar del propietario quien deba responder.

¿Quién paga el seguro de la comunidad?

¿Quién paga estos daños producidos en la comunidad de propietarios? Como ya hemos mencionado, son los vecinos mediante una derrama los que pagan equitativamente estos gastos. Estos gastos suelen pagarse con las cuentas de la comunidad y para que no haya imprevistos lo mejor es contratar un seguro de comunidad.

¿Qué cubre el seguro de comunidades?

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El seguro de comunidades cubre los daños provocados por actos vandálicos en la portería y el resto de las zonas comunes, por parte de personas ajenas al edificio. Esta garantía protege también los daños que pueda sufrir el mobiliario de la comunidad.

¿Quién debe contratar un seguro de hogar?

¿El casero o el inquilino? A diferencia de lo que ocurre con otros seguros, como, por ejemplo, el de coche, la contratación del seguro de hogar no es obligatoria, pero sí altamente recomendable, ya que los siniestros que pudieran ocasionarse en nuestra vivienda podrían tener caras consecuencias.

¿Qué pasa si no tengo unseguro de vivienda?

Sin un Seguro, esos gastos los tendrías que asumir íntegramente. Además, a pesar de asegurar la vivienda es sólo una medida de prevención, lo cierto es que quien tiene una póliza, más tarde o más temprano la utiliza.

¿Qué es un seguro de hogar por contenido?

Si desea proteger de posibles daños todos aquellos objetos de su propiedad que están dentro de la vivienda que ha alquilado, en caso de que así fuera, puede contratar también un seguro de hogar por el contenido.

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¿Qué es el seguro de vivienda?

Este seguro, que existe desde hace décadas en nuestro mercado, se ha generalizado desde la entrada en vigor de la Ley de ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre), dado que en la misma se establece la obligación de contratar este seguro para los promotores de edificaciones destinadas a vivienda.

https://www.youtube.com/watch?v=nFE4dm8kNGs

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