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¿Cuándo finaliza un contrato de franquicia?
¿Cuánto dura un contrato de franquicia? En el contrato de franquicia suele preverse la duración del mismo -normalmente el término varía entre cinco y diez años-, con o sin posibilidad de prórroga o renovación.
¿Dónde se encuentra la regulación de las franquicias?
A nivel nacional las franquicias están reguladas en el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero -que regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores- y en el artículo 62 ley de Comercio Minorista 7/1996.
¿Qué hacer para traspasar una franquicia?
El traspaso de una franquicia, además de cumplir con las mismas exigencias o requisitos que el traspaso de cualquier otro negocio, estará condicionado a que hayas pactado con el franquiciador en el momento de la formalización del acuerdo de franquicia, la posibilidad de traspasar o vender el negocio.
¿Cómo se pueden resolver los contratos de franquicia?
Los contratos de franquicia también se pueden resolver por el franquiciado. Todos los contratos de franquicia se pueden resolver a instancias del franquiciado. Cuestión distinta es que la resolución se realice existiendo causas, o por el contrario sea como consecuencia del desistimiento del franquiciado.
¿Qué es la resolución anticipada del contrato de franquicia?
Así pues, la resolución anticipada del contrato de franquicia obedece a supuestos de incumplimiento contractual.
¿Cuáles son los supuestos de resolución del contrato de franquicia?
En puridad, la práctica totalidad de los supuestos de resolución del contrato de franquicia, tendrían encaje en el enunciado del artículo 1.124 de nuestro Código Civil que regula con carácter general la resolución de obligaciones bilaterales, sinalagmáticas por incumplimiento. Por su importancia transcribimos (parcialmente) el mismo a continuación:
¿Qué es una franquicia indefinida?
La franquicia -como relación de tracto sucesivo que es- está llamada a perdurar en el tiempo, pero ello no significa que estemos ante un contrato “indefinido”, por lo que es obligado contemplar el momento de su extinción.