Cuando se extinye el arrendamiento de vivienda por ejecucion hipotecaria?

¿Cuándo se extinye el arrendamiento de vivienda por ejecución hipotecaria?

La extinción del arrendamiento de vivienda por ejecución hipotecaria dependerá de la fecha de celebración del contrato de arrendamiento.

¿Cómo sustituir la fianza hipotecaria por otra en metálico?

La fianza hipotecaria podrá sustituirse por otra en metálico, efectos públicos o valores y demás bienes muebles, debiendo ser: El valor de los bienes de la hipoteca del doble que el valor del metálico señalado para la fianza. Una cuarte parte más que el valor señalado en metálico, el de los efectos o valores al precio de cotización.

¿Cuál es el trámite previo para la admisión de la fianza hipotecaria?

La ley exige, como trámite previo para la admisión de la fianza hipotecaria, que el bien inmueble ofrecido sea valorado por dos peritos y que los títulos de propiedad sean examinados por el Ministerio Fiscal. Verificadas estas operaciones y a la vista de las mismas, el Juez declarará si estima suficiente la fianza ofrecida.

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¿Qué es la conversión de la fianza hipotecaria?

Conversión de la fianza. La ley permite que una vez constituida la fianza hipotecaria y admitida por el Juez, ésta pueda ser sustituida por otro tipo de fianza.

¿Se puede rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario?

Para ofrecer una mayor seguridad a los inquilinos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece los casos excepcionales en los que se puede rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario.

¿Cuándo desistir del contrato de arrendamiento?

El artículo 11 de la LAU dispone lo siguiente: «El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, UNA VEZ QUE HAYAN TRANSCURRIDO AL MENOS SEIS MESES, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento,

¿Qué pasa si el inquilino no paga el arrendamiento?

Si el inquilino no paga el arrendamiento o se niega a hacerlo, es una causa común para rescindir el contrato. Debe estipularse el número de mensualidades en las que no ha realizado el pago.

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